AAP Murcia 36/2011, 21 de Junio de 2011

PonenteFERNANDO JAVIER FERNANDEZ-ESPINAR LOPEZ
ECLIES:APMU:2011:328A
Número de Recurso193/2011
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución36/2011
Fecha de Resolución21 de Junio de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

CARTAGENA

AUTO: 00036/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCION DE CARTAGENA

ROLLO DE APELACION N. 193/11

PROCEDIMIENTO EJECUCIÓN 543/10

JUZGADO DE 1º INSTANCIA N. 6 DE SAN JAVIER

Ilmos. Sres.

Don Fernando Fernández Espinar López

Presidente

Don Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas

Don José Joaquín Hervás Ortiz

Magistrados

AUTO n· 36

En la ciudad de Cartagena, a veintiuno de junio de 2011.

La Sección de Cartagena de la Audiencia Provincial de Murcia, integrada por los Ilmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de demanda de ejecución de títulos no judiciales n. 543/10 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de San Javier, de los que conoce recurso de apelación en virtud del recurso entablado por la parte ejecutante Juan Francisco y Modesta habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condición de recurrente, representada por la Procuradora Sra. Foncuberta Hidalgo y defendida por la Letrada Sra. Durá Belda.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de San Javier en los referidos autos, tramitados con el núm. 543/10, se dictó Auto de fecha 9 de marzo de 2011, cuya parte dispositiva deniega el despacho de ejecución.

SEGUNDO

Contra dicho Auto, se interpuso recurso de apelación por la parte ejecutante, en tiempo y forma que fue tramitado conforme a lo dispuesto en el art. 457 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil ., presentándose ante este Tribunal, donde se formó el correspondiente Rollo de Apelación y designándose Magistrado Ponente, se señaló día para la votación y fallo que tuvo lugar el día de la fecha.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales. VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Fernando Fernández Espinar López.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Deniega la juzgadora el despacho de ejecución, al entender que el aval presentado no se encuentra dentro de los títulos que llevan aparejada ejecución, indicados en el art. 517 LECivil .

La obligación de garantizar las entregas a cuenta que tienen que cumplir los promotores desde el año 1968 respecto a los adquirentes, quedó recogido en el art. 3 Ley 57/1968 de 27 de julio, el cual se considera vigente en la actualidad al no haber sido derogado ni por la Ley 38/1999, ni por la LEC 1/2000, en el cual se dispone que:

" Expirado el plazo de...

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