SAP Madrid 273/2011, 7 de Junio de 2011

PonenteGUILLERMO RIPOLL OLAZABAL
ECLIES:APM:2011:7314
Número de Recurso187/2009
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución273/2011
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 21ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 21

MADRID

SENTENCIA: 00273/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 21

1280A

Tfno.: C/ FERRAZ, 41 Fax: 914933872-73-06-07

914933874

N.I.G. 28000 1 7002965 /2009

Rollo: RECURSO DE APELACION 187 /2009

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1214 /2006

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 42 de MADRID

Ponente: OLMO. SR. D. GUILLERMO RIPOLL OLAZÁBAL

PL

De: Micaela

Procurador: MARIA LUISA NOVILLO GARCIA

Contra: CP DEL GARAJE DE LA CALLE DIRECCION000 NUM000

Procurador: SANTOS CARRASCO GOMEZ

SENTENCIA

MAGISTRADOS Ilmos Sres.:

D. GUILLERMO RIPOLL OLAZÁBAL

D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ

Dª Mª ALMUDENA CÁNOVAS DEL CASTILLO PASCUAL

En Madrid, a siete de junio de dos mil once.

La Sección Vigesimoprimera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario nº 1214/2006, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 42 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelantesdemandantes D. José y Dª Micaela, y de otra, como apelada-demandada Comunidad de Propietarios del garaje de la C/ DIRECCION000 nº NUM000 de Madrid.

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. GUILLERMO RIPOLL OLAZÁBAL. I.- ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 42 de Madrid, en fecha 22 de julio de 2008, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda presentada por D. José y Dª Micaela contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL GARAJE DE LA CALLE DE DIRECCION000 Nº NUM000 DE MADRID, todos ellos con la representación y asistencia ya citadas. 1º.- Debo absolver y absuelvo a la demandada de las pretensiones deducidas en su contra. 2º.- Debo imponer e impongo el pago de las costas del procedimiento a los demandantes.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, del que se dio traslado a la parte apelada, quien se opuso en tiempo y forma. Elevándose los autos junto con oficio ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de 15d de marzo de 2011, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 31 de mayo de 2011.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Mediante dos escrituras públicas de la misma fecha, 28 de abril de 1981, el demandante

D. José, en estado de casado con la codemandante Dña. Micaela, compró dos participaciones indivisas, equivalente cada una a una dieciseisava parte de la finca local aparcamiento del edificio sito en la DIRECCION000 número NUM000 de Madrid (finca NUM001 del Registro de la Propiedad nº 15 de Madrid), que le conferían el uso exclusivo de dos parcelas de aparcamiento de vehículo señaladas en el suelo con los números 5 y 6.

Consta acreditado que por resolución de 3 de mayo de 2002 de la Junta Municipal de Distrito de Carabanchel se requirió a la Comunidad de Propietarios del edificio, en expediente de instalación de actividades calificadas, para que subsanara deficiencias consistentes en que para el uso concreto de las plazas de aparcamiento designadas según proyecto presentado con los números 2,11,10 y 7 no se estimaba que los espacios interiores de circulación en el garaje estuvieran dimensionados de forma que permitieran el fácil acceso y salida de los vehículos de las plazas de aparcamiento, para lo que se debían eliminar las plazas mencionadas.

Ante el anterior requerimiento la Comunidad de Propietarios presentó un escrito en el mes de Septiembre de 2002 aportando un plano rectificado de las plazas de aparcamiento, conforme al cual la plaza número 5, que pertenecía a los demandantes ha desaparecido, y en la...

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