AAP Murcia 23/2011, 13 de Abril de 2011
Ponente | MATIAS MANUEL SORIA FERNANDEZ-MAYORALAS |
ECLI | ES:APMU:2011:193A |
Número de Recurso | 89/2011 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 23/2011 |
Fecha de Resolución | 13 de Abril de 2011 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
CARTAGENA
AUTO: 00023/2011
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA
SECCION DE CARTAGENA
ROLLO DE APELACION N. 89/11
EXPEDIENTE DOBLE INMATRICULACIÓN 1612/09
JUZGADO DE 1º INSTANCIA N. 1 CARTAGENA
AUTO NUM. 23
Ilmos. Sres.
Don Fernando Fernández Espinar López
Don Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas
Don José Joaquín Hervás Ortiz
Magistrados
En la ciudad de Cartagena, a trece de Abril de dos mil once.
La Sección de Cartagena de la Audiencia Provincial de Murcia, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto los autos de expediente doble inmatriculación n. 1612/09 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cartagena de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada Baltasar y Beatriz, habiendo intervenido en la alzada dichas partes, en su condición de recurrentes, representados por el Procurador D. Vicente Lozano Segado y dirigidos por el Letrado D. Javier Meseguer Barrionuevo y como parte apelada D. Eugenio representado por la Procuradora
D. Francisco Antonio Bernal Segado y dirigidos por el Letrado D. A. Fernández Amorós y el Ministerio Fiscal.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cartagena en los referidos autos, tramitados con el núm. 1612/09, se dictó auto con fecha 13/09/10, cuya parte dispositiva dice entre otras lo siguiente: "Por todo lo anterior, acuerdo estimar la solicitud de doble inmatriculación formulada por D. Eugenio, debiendo hacerse constar nota expresiva de tal circunstancia al margen de las fincas núms.. NUM000 y NUM001 inscritas a favor del promotor del expediente, así como en la núm. 61.141 inscrita a favor de D. Baltasar y Dña. Beatriz, quedando a salvo el derecho de todos ellos a ejercitar las acciones que consideren oportunas sobre las referidas fincas". .
Contra dicho auto, se interpuesto recurso de apelación por la parte demandada, en tiempo y forma que fue tramitado conforme a lo dispuesto en el art.457 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil . este Tribunal, donde se formó el correspondiente Rollo de Apelación y designándose Magistrado Ponente se señaló día para la votación y fallo que tuvo lugar el día 12/04/11.
En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.
VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas .
Contra el Auto del juzgado de 1ª Instancia, que estimando la petición de anotación de posible doble inmatriculación del artículo 313 del Reglamento Hipotecario, ordenó la anotación registral. Se formula recurso de apelación por el propietario de una de las fincas afectadas por la posible doble inmatriculación, por considerar que existe falta de jurisdicción, inadecuación de procedimiento, incumplimiento de las reglas legales de la carga de la prueba y falta de acreditación de presupuesto procesal de identidad de las fincas.
Por la parte apelada y el Ministerio Fiscal, se formuló oposición al recurso solicitando la confirmación del auto por los propios fundamentos del mismo.
Se alega en primer lugar falta de jurisdicción, por cuanto lo que se pretende por el actor es...
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