SAP Baleares 95/2011, 9 de Marzo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución95/2011
Fecha09 Marzo 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00095/2011

Rollo 26/11

SENTENCIA NUM 95

ILMOS SRS.

PRESIDENTE:

Dña. María Rosa Rigo Rosselló.

MAGISTRADOS:

D. Guillermo Rosselló Llaneras.

D. Pedro Munar Bernat.

Palma de Mallorca, a 9 de marzo de dos mil once.

VISTOS por la Sección 3ª de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos, juicio ordinario,

seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Inca, bajo el nº 405/05, Rollo de Sala nº 26/11, entre partes, de una como actora - apelante don Adrian y doña Carina, representada por la procuradora doña Ana Diez Blanco, y de otra, como demandada - apelada doña

Herminia, don Darío, doña Mariana, doña Pura, doña Tatiana, don Florencio y doña Amelia, y HERENCIA YACENTE O HEREDEROS DESCONOCIDOS, no comparecidos en esta alzada, asistida la actora de su letrado

don Antonio Fluxá Rosselló.

ES PONENTE el Ilmo. Sr. Magistrado D. Guillermo Rosselló Llaneras.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr. Juez Sustituto del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Inca, en fecha 4 de mayo de 2010, se dictó sentencia, cuyo fallo dice: " Que debo desestimar como desestimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. De los Tribunales Sra. Amengual Pons en nombre y representación de D. Adrian y Doña Carina, contra los hermanos Doña Herminia, D. Darío Doña Mariana, Doña Pura y Doña Tatiana, así como, frente a los hermanos D. Florencio y Doña Amelia y contra la herencia yacente o herededros o causahabientes de los anteriores.

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte actora, que fue admitido, y seguido el procedimiento por sus trámites, se señaló para deliberación, votación y fallo 9 de marzo del presente año, quedando el presente recurso concluso para sentencia. TERCERO.- En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los que siguen

PRIMERO

Los cónyuges don Adrian y doña Carina formularon demanda de juicio ordinario ejercitando acción declarativa de dominio contra los titulares registrales de la finca matriz nº NUM000 del Registro e la Propiedad de Inca, interesando sentencia por la que se declare que son dueños de pleno dominio y por mitades indivisas de la parcela nº NUM001 del plano de parcelación de Son Serra de Marina, por compra a doña María Antonieta en virtud de documento privado de fecha 17 de junio de 2001, que a su vez lo había adquirido por compra a doña Aurelia mediante documento privado de fecha 20 de marzo de 1980 y ésta a su vez por segregación y compraventa aproximadamente ene la año 1967 a don Balbino, cuyos herederos son actuales cotitulares registrales de la finca matriz, procediendo a su inscripción en el Registro de la Propiedad.

Los demandados fueron declarados en rebeldía, salvo la codemandada doña Tatiana que se personó en autos y se allanó a la demanda, dictando sentencia el juzgado de primera instancia número 5 de los de Inca el 4 de mayo de 2010 desestimando la demanda por entender que no se acredita la individualización de la porción de la finca sobre la que se ejercita la acción declarativa de dominio mediante los contratos privados aportados.

Dicha resolución constituye el objeto del presente recurso al haber sido apelada por la parte demandante acusando en el desarrollo del recurso de haber incurrido el juzgador de instancia en error en la apreciación de la prueba al considerar debidamente acreditada la individualización de la porción de terreno o solar cuya propiedad se reclama, previa segregación de la finca matriz, al coincidir con la parcela NUM001 del plano de parcelación de la misma, así como el titulo y la tradición de la misma exigidos por la jurisprudencia para el éxito de la acción ejercitada.

SEGUNDO

Son requisitos ineludibles para que prospere la acción declarativa de dominio, tanto en la versión mero-declarativa o de constatación, como en la de condena reivindicatoria, que el actor prueba el título de dominio ( SS. T.S. de 21 de marzo y 10 de julio de 2003 ); la identificación inequívoca de la finca de modo que no se susciten dudas sobre...

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