AAP Castellón 104/2011, 4 de Marzo de 2011

PonenteAURORA DE DIEGO GONZALEZ
ECLIES:APCS:2011:203A
Número de Recurso704/2010
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución104/2011
Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION PRIMERA

CASTELLÓN

Rollo de Apelación Penal nº 704/10

Diligencias Previas nº 341/10

Juzgado de Instrucción nº 1 de Villarreal

AUTO Nº 104

Ilmos. Señores:

Presidente:

DON CARLOS DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ

Magistrados:

DON PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO

DOÑA AURORA DE DIEGO GONZALEZ

En Castellón de la Plana, a cuatro de marzo de dos mil once.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, integrada por los Ilmos Sres. Magistrados anotados al margen, ha visto el presente Rollo nº 704/10, incoado en virtud del recurso interpuesto contra el Auto de fecha 24-05-10 por el Juzgado de Instrucción número 1 de Villarreal, sobre Asociación ilícita y tenencia ilícita de armas.

Han intervenido en el recurso, como APELANTE, Obdulio, asistido de la procuradora Dª Paz García Peris y como APELADO, el MINISTERIO FISCAL, siendo el Magistrado Ponente la Iltma. Sra. Dª AURORA DE DIEGO GONZALEZ que expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En las Diligencias Previas nº 341/10 de referencia con fecha 24-05-10, se dictó auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Se acuerda la inhibición del conocimiento de este procedimiento a favor de los juzgados y por las causas e imputados que a continuación se dirán, remitiendo para ello los correspondientes testimonios, y de la siguiente manera:

A.- Respecto de Urbano :

A.1) dedúzcase testimonio de la causa por un delito de robo con violencia e intimidación, un delito de detención ilegal, y otro de lesiones ocurrido en la localidad de Almansa (Albacete) en fecha 06/04/2010; remitiéndose aquel al juzgado de primera instancia e instrucción núm. uno de Almansa (Albacete) que se encontraba en el momento de la comisión de hechos de guardia. A.2) dedúzcase testimonio de la causa por un delito de robo con violencia e intimidación, delito de detención ilegal por los hechos ocurridos en La Roda (Albacete) en fecha 03/03/2009; remitiéndose aquel al juzgado de primera instancia e instrucción único de La Roda (Albacete) que se encontraba en el momento de la comisión de hechos de guardia.

A.3) dedúzcase testimonio de la causa por un delito de robo con violencia e intimidación, delito de detención ilegal y lesiones ocurrido en la localidad de Onda (Castellón) en fecha 23/02/2010; remitiéndose aquel al juzgado de primera instancia e instrucción núm. uno de Nules que se encontraba en el momento de la comisión de hechos de guardia.

A.4) dedúzcase testimonio de la causa por un delito de robo con violencia e intimidación, y delito de detención ilegal por los hechos ocurridos en la localidad de la Pobla de Caramiñal (A Coruña) en fecha 01/12/2009; remitiéndose aquel al juzgado de primera instancia e instrucción núm. uno de Ribeira (A Coruña) que se encontraba en el momento de la comisión de hechos de guardia.

A.5) dedúzcase testimonio de la causa por un delito de robo con violencia e intimidación, delito de detención ilegal y delito de lesiones por los hechos ocurridos en la localidad de Boiro (A Coruña) en fecha 18/12/2009; remitiéndose aquel al juzgado de primera instancia e instrucción núm. uno de Ribeira (A Coruña) que se encontraba en el momento de la comisión de hechos de guardia.

A.6) dedúzcase testimonio de la causa por un delito de hurto ocurrido en la localidad de Onda (Castellón) en fecha 25/11/2009; remitiéndose aquel al juzgado de primera instancia e instrucción núm. cuatro de Nules que se encontraba en el momento de la comisión de hechos de guardia.

A.7) dedúzcase testimonio de la causa por un delito de robo con violencia e intimidación en grado de tentativa ocurrido en la localidad de Ordes (A Coruña) en fecha 03/05/2010; remitiéndose aquel al juzgado de primera instancia e instrucción núm. uno de Ribeira (A Coruña) que se encontraba en el momento de la comisión de hechos de guardia.

B.- Respecto de Alexander :

B.1) dedúzcase testimonio de la causa por un delito de robo con violencia e intimidación, un delito de detención ilegal, y otro de lesiones ocurrido en la localidad de Almansa (Albacete) en fecha 06/04/2010; remitiéndose aquel al juzgado de primera instancia e instrucción núm. uno de Almansa (Albacete) que se encontraba en el momento de la comisión de hechos de guardia.

B.2) dedúzcase testimonio de la causa por un delito de robo con violencia e intimidación, delito de detención ilegal y lesiones ocurrido en la localidad de Onda (Castellón) en fecha 23/02/2010; remitiéndose aquel al juzgado de primera instancia e instrucción núm. uno de Nules que se encontraba en el momento de la comisión de hechos de guardia.

B.3) dedúzcase testimonio de la causa por un delito de robo con violencia e intimidación, y delito de detención ilegal por los hechos ocurridos en la localidad de la Pobla de Caramiñal (A Coruña) en fecha 01/12/2009; remitiéndose aquel al juzgado de primera instancia e instrucción núm. uno de Ribeira (A Coruña) que se encontraba en el momento de la comisión de hechos de guardia.

B.4) dedúzcase testimonio de la causa por un delito de robo con violencia e intimidación, delito de detención ilegal y delito de lesiones por los hechos ocurridos en la localidad de Boiro (A Coruña) en fecha 18/12/2009; remitiéndose aquel al juzgado de primera instancia e instrucción núm. uno de Ribeira (A Coruña) que se encontraba en el momento de la comisión de hechos de guardia.

B.5) dedúzcase testimonio de la causa por un delito de robo con violencia e intimidación en grado de tentativa ocurrido en la localidad de Ordes (A Coruña) en fecha 03/05/2010; remitiéndose aquel al juzgado de primera instancia e instrucción núm. uno de Ribeira (A Coruña) que se encontraba en el momento de la comisión de hechos de guardia.

C.- Respecto de Eduardo :

C.1) dedúzcase testimonio de la causa por un delito de robo con violencia e intimidación, un delito de detención ilegal, y otro de lesiones ocurrido en la localidad de Almansa (Albacete) en fecha 06/04/2010; remitiéndose aquel al juzgado de primera instancia e instrucción núm. uno de Almansa (Albacete) que se encontraba en el momento de la comisión de hechos de guardia. C.2) dedúzcase testimonio de la causa por un delito de robo con violencia e intimidación ocurrido en la localidad de Utiel (Valencia) en fecha 19/04/2010; remitiéndose aquel al juzgado de primera instancia e instrucción núm. cuatro de Requena que se encontraba en el momento de la comisión de hechos de guardia.

C.3) dedúzcase testimonio de la causa por un delito de robo con violencia e intimidación, delito de detención ilegal y delito de lesiones por los hechos ocurridos en la localidad de Boiro (A Coruña) en fecha 18/12/2009; remitiéndose aquel al juzgado de primera instancia e instrucción núm. uno de Ribeira (A Coruña) que se encontraba en el momento de la comisión de hechos de guardia.

C.4) dedúzcase testimonio de la causa por un delito de robo con violencia e intimidación en grado de tentativa ocurrido en la localidad de Ordes (A Coruña) en fecha 03/05/2010; remitiéndose aquel al juzgado de primera instancia e instrucción núm. uno de Ribeira (A Coruña) que se encontraba en el momento de la comisión de hechos de guardia.

D.- Respecto de Javier :

D.1) dedúzcase testimonio de la causa por un delito de robo con violencia e intimidación en grado de tentativa ocurrido en la localidad de Ordes (A Coruña) en fecha 03/05/2010; remitiéndose aquel al juzgado de primera instancia e instrucción núm. uno de Ribeira (A Coruña) que se encontraba en el momento de la comisión de hechos de guardia.

D.2) dedúzcase testimonio de la causa por un delito de robo con violencia e intimidación, y delito de detención ilegal por los hechos ocurridos en la localidad de la Pobla de Caramiñal (A Coruña) en fecha 01/12/2009; remitiéndose aquel al juzgado de primera instancia e instrucción núm. uno de Ribeira (A Coruña) que se encontraba en el momento de la comisión de hechos de guardia.

D.3) dedúzcase testimonio de la causa por un delito de robo con violencia e intimidación, delito de detención ilegal y lesiones ocurrido en la localidad de Onda (Castellón) en fecha 23/02/2010; remitiéndose aquel al juzgado de primera instancia e instrucción núm. uno de Nules que se encontraba en el momento de la comisión de hechos de guardia.

D.4) dedúzcase testimonio de la causa por un delito de hurto ocurrido en la localidad de Onda (Castellón) en fecha 25/11/2009; remitiéndose aquel al juzgado de primera instancia e instrucción núm. cuatro de Nules que se encontraba en el momento de la comisión de hechos de guardia.

E.- Respecto de Romeo :

E.1) dedúzcase testimonio de la causa por un delito de robo con violencia e intimidación en grado de tentativa ocurrido en la localidad de Ordes (A Coruña) en fecha 03/05/2010; remitiéndose aquel al juzgado de primera instancia e instrucción núm. uno de Ribeira (A Coruña) que se encontraba en el momento de la comisión de...

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