AAP Madrid 115/2011, 31 de Marzo de 2011
Ponente | JESUS GAVILAN LOPEZ |
ECLI | ES:APM:2011:5719A |
Número de Recurso | 747/2010 |
Procedimiento | RECURSO DE QUEJA |
Número de Resolución | 115/2011 |
Fecha de Resolución | 31 de Marzo de 2011 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 11ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 11
MADRID
AUTO: 00115/2011
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 11
7254K
CALLE FERRAZ, 41, PLANTA SEGUNDA, 28008 MADRID
Tfno.: 91-4933845-3922-3839 Fax: 91-4933921
N.I.G. 28000 1 7012195 /2010
Rollo: RECURSO DE QUEJA 747 /2010
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 951 /2008
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 74 de MADRID
De: JUNTA DE COMPENSACION DE LA U.E. 3 PAU II-6 CARABANCHEL Procurador: ANTONIO Mª ALVAREZ-BUYLLA BALLESTEROS
Contra:
Procurador:
A U T O Nº
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS :
D. JESUS GAVILAN LOPEZ
D. FELIX ALMAZAN LAFUENTE
D. CESAREO DURO VENTURA
SIENDO PONENTE SR: D. JESUS GAVILAN LOPEZ En MADRID, treinta y uno de marzo de dos mil once.
Por el Procurador Sra. ALVAREZ-BUYLLA, en nombre y representación de JUNTA DE
COMPENSACION DE LA U.E. 3 PAU II-6 CARABANCHEL, se ha presentado en este Tribunal escrito interponiendo recurso de queja contra resoluciones del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 74 de MADRID, por las que se denegaba la admisión a trámite del recurso de apelación que la parte pretendía interponer en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 951 /2008.
Se acompañaba al escrito de queja testimonio de las resoluciones denegatorias de la apelación. SEGUNDO.- Habiéndose presentado la queja junto con el testimonio dentro de plazo, se admitió a trámite el recurso, quedando pendiente de resolución.
La Sala acepta y da por reproducidos los Fundamentos de Derecho del Auto de instancia, en los términos de esta resolución.
Antecedentes procesales del recurso.-El Auto de instancia desestima el recurso de reposición frente a la providencia de 11 de Marzo de 2.010, por la que no se admitía a trámite recurso de apelación frente al Auto de 8 de Marzo de 2.001, por el que se acordaba el sobreseimiento y archivo de la reconvención planteada, por litispendencia, todo ello en los términos concretos que refleja el antecedente de hecho segundo de esta resolución, que se corresponde con la parte dispositiva del mismo.
El recurso planteado por la representación procesal de la demandada reconvencional, se fundamenta, a modo de síntesis comprensiva de las alegaciones formuladas en el escrito de interposición, en la infracción de los artículos 207, 455.1, 393 y 208 de la LEC, por el carácter definitivo del auto dictado que impide proseguir las actuaciones sobre dicha demanda reconvencional.
Se solicita la revocación del Auto, dictando otro por el que se decrete la nulidad de actuaciones, reponiéndolas a fin de que pueda plantearse recuso de apelación frente al mismo.
Motivo del recurso: sobre la procedencia del recurso de apelación por archivo y sobreseimiento de la demanda reconvencional planteada, al haberse estimado la excepción de litispendencia sobre la misma.
Con carácter general, y ante la falta de previsión expresa al respecto, la resolución sobre inadmisión a trámite de la demanda reconvencional o cuando, como consecuencia de la estimación de una excepción, se acuerda igualmente su sobreseimiento y archivo, cabe considerar, que tiene carácter de definitiva, al impedir la continuación del procedimiento en cuanto a la misma, como acción de parte planteada en el momento procesal oportuno, que goza por...
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