AAP Zaragoza 148/2011, 30 de Marzo de 2011

PonenteJUAN IGNACIO MEDRANO SANCHEZ
ECLIES:APZ:2011:1040A
Número de Recurso129/2011
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución148/2011
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

ZARAGOZA

AUTO: 00148/2011

R:129/2011

AUTO CIENTO CUARENTA Y OCHO

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. Juan I. Medrano Sánchez

Magistrados:

Dª Mª Jesús de Gracia Muñoz

D. Roberto García Martínez

En Zaragoza, a treinta de marzo de dos mil once. HECHOS

PRIMERO

En procedimiento ordinario, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Calatayud, con el número 530/2010 instado por SONY CORPORATION representado por el Procurador D. Carlos Berdejo Gracian y asistido por el Letrado D. Alejandro López Ortiz contra CONDOR CD, S.L, de que dimana el presente rollo de apelación número 129/2011, recayó Auto de fecha 21 de diciembre de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " DISPONGO: Acuerdo que éste órgano judicial se abstenga del conocimiento de la demanda presentada por SONY CORPORATION ( Hipolito ), frente a CONDOR CD, S.L., por falta de jurisdicción.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 9.6 de la L.O.P.J . corresponde conocer del asunto indicado a la Jurisdicción Mercantil."

SEGUNDO

Recibidos los autos, formado el correspondiente rollo, sin celebración de Vista, se señaló para deliberación y votación el día veintinueve de marzo de dos mil once en que tuvo lugar. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Juan I. Medrano Sánchez, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La recurrente presentó demanda contra una mercantil con la que venía a ejercitar acciones resolutorias de un contrato que unía a ambas sociedades y en virtud de la cual la ahora demandante otorgaba una licencia relativa a patentes necesarios para fabricar discos ópticos, soportes de audio video, contra remuneración. Se denuncia en la demanda que la sociedad licenzataria incumplió su obligación de abono de la retribución, por lo que se postula la resolución del contrato, abono de las retribuciones y perjuicios determinadas o por determinar así como al cese de la utilización de patentes. SEGUNDO .- El Juzgado, sin un específico razonamiento, denegará la admisión a trámite de la demanda por entender que carece de competencia objetiva al corresponder la misma al Juzgado de la Mercantil y contra este pronunciamiento se alzará la parte demandante quien entenderá que la competencia de dichos órganos especializados debe interpretarse restrictivamente.

Es de advertir inicialmente que el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
4 sentencias
  • AAP Valencia 217/2020, 1 de Diciembre de 2020
    • España
    • 1 Diciembre 2020
    ...es apreciada de manera diversa por tras audiencias como lo fue en su díaSAP ZARAGOZA, SECCIÓN 4º, en sentencia de 30 de marzo de 2011 (ROJ: AAP Z 1040/2011 -ECLI:ES:APZ:2011:1040ª) Debe asimismo acordarse la devolución a la entidad apelante de la totalidad del depósito constituido para recu......
  • AAP Valencia 180/2020, 23 de Octubre de 2020
    • España
    • 23 Octubre 2020
    ...es apreciada de manera diversa por tras audiencias como lo fue en su díaSAP ZARAGOZA, SECCIÓN 4º, en sentencia de 30 de marzo de 2011 (ROJ: AAP Z 1040/2011 -ECLI:ES:APZ:2011:1040ª) Debe asimismo acordarse la devolución a la entidad apelante de la totalidad del depósito constituido para recu......
  • AAP Valencia 91/2020, 12 de Mayo de 2020
    • España
    • 12 Mayo 2020
    ...es apreciada de manera diversa por tras audiencias como lo fue en su díaSAP ZARAGOZA, SECCIÓN 4º, en sentencia de 30 de marzo de 2011 (ROJ: AAP Z 1040/2011 - Procede así mismo la restitución del importe del depósito constituido para apelar a tenor de la Disposición Adicional 15 de la Ley Or......
  • AAP Valencia 134/2020, 29 de Junio de 2020
    • España
    • 29 Junio 2020
    ...diversos a los apuntados en el Fundamento anterior, como es el caso del Auto de la Audiencia de Zaragoza de 30 de marzo de 2011(ROJ: AAP Z 1040/2011 - ECLI:ES:APZ:2011:1040ª). Ello conlleva que cada parte soporte las costas causadas a su instancia y las comunes por Procede, por otra parte -......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR