SAP Tarragona 403/2007, 3 de Diciembre de 2007
Ponente | ANTONIO CARRIL PAN |
ECLI | ES:APT:2007:1900 |
Número de Recurso | 367/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 403/2007 |
Fecha de Resolución | 3 de Diciembre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Tarragona, Sección 1ª |
ROLLO NUM. 367/2007
ORDINARIO NUM. 327/2005
TORTOSA NUM. DOS
S E N T E N C I A NUM.
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE
D. Antonio Carril Pan
MAGISTRADOS
Dª Mª Pilar Aguilar Vallino
D. Manuel Díaz Muyor
En Tarragona a 3 de diciembre de 2007
Visto ante la Sección Primera de esta Audiencia Provincial el Recurso de Apelación interpuesto por Alejandro, representado por la Procuradora Sra. Amela y defendido por el Letrado Sr. Margarit, en el Rollo nº 367/2007, derivado del Ordinario 327/2005 del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Tortosa, al que se opuso Mapfre, S. A., representada por la Procuradora Sra. Martínez y defendida por el Letrado Sr. Tortosa.
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y
La sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva: "Se estima totalmente la demanda interpuesta por Maphre Seguros Generales frente a Alejandro. Se condena al demandado, D. Alejandro,a pagar a la actora Maphre, Compañía de Seguros, la cantidad de 43.913,89 euros mas los intereses del artículo 576 de la LECivil. Se condena a la parte demandada al pago de las costas procesales".
Contra la mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación por Alejandro en base a las alegaciones que son de ver en el escrito presentado.
Dado traslado a las demás partes personadas del recurso presentado para que formulasen adhesión o se opusieran al mismo, por Mapfre, S. A. se interesó la confirmación de la sentencia.
En la tramitación de ambas instancias del procedimiento se han observado las normas legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente D. Antonio Carril Pan.
La apelación se alza contra la condena al demandado a indemnizar a la entidad demandante en el importe por ella satisfecho a la comunidad asegurada por los daños que padeció en su propiedad a consecuencia de un incendio originado en el vehículo del demandado estacionado en el parking comunitario, y lo hace invocando la no concurrencia de los requisitos de la responsabilidad extracontractual.
La cuestión objeto del recurso fue afrontada en reiteradas resoluciones por este Tribunal, que en la sentencia de 12 de marzo de 2003 señaló: "Siendo que la indemnización solicitada en la demanda se refiere a los daños causados por el fuego derivado de un coche que se autoincendió, se trata de determinar la responsabilidad que incumbe al propietario, y en consecuencia a la aseguradora, de un vehículo que se incendia estando parado y apagado, sin que se sepa la causa por la que se ha generado el fuego en su interior, afectando las llamas a bienes de terceros.
Cuando la causa del incendio del vehículo es desconocida, no se puede descartar que el origen sea su propio sistema eléctrico: la experiencia ha demostrado posible que un vehículo con el motor apagado se autoinflame por diversas causas inherentes a su propio mecanismo; lo que encuentra explicación técnica como causa más común por un cortocircuito en sus instalaciones eléctricas y electrónicas, posible aún cuando lleve varias horas el motor apagado. En tal caso cabe suponer una deficiencia o defecto en las instalaciones del motor que se ha de atribuir a falta de revisión y mantenimiento, sobre todo cuando se trata de coches con varios años.
El criterio jurisprudencial en orden a la responsabilidad por incendio parte de la prueba del origen del incendio para determinar el nexo causal sin exigir la prueba de la causa concreta, normalmente imposible en elementos calcinados (TSS. 24 enero 2002 EDJ 2002/440); en cuya aplicación la Jurisprudencia de las Audiencias (S. de esta Sala 18 junio 1999, AP. Córdoba 22 noviembre 1999 EDJ 1999/44469, AP. Gerona 21 enero 2002 EDJ 2002/9245 ) en casos de autoincendio de vehículo parado, salvo prueba de la intervención de causa extraña y ajena al vehículo, impone la responsabilidad al propietario quien debe demostrar que el motor estaba en buenas...
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