SAP Girona 15/2012, 16 de Enero de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 15/2012 |
Fecha | 16 Enero 2012 |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION PRIMERA
GIRONA
APELACION CIVIL
Rollo nº: 629/2011
Autos: juicio verbal (desahucio por falta de pago) nº: 857/2011
Juzgado Primera Instancia 2 Girona (ant.CI-6)
SENTENCIA Nº 15/2012
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE
Don Fernando Lacaba Sánchez
MAGISTRADOS
Doña María Isabel Soler Navarro
Doña Núria Lefort Ruiz de Aguiar
En Girona, dieciséis de enero de dos mil doce
VISTO, ante esta Sala el Rollo de apelación nº 629/2011, en el que ha sido parte apelante D. Argimiro
, representada esta por la Procuradora Dª. ELISENDA PASCUAL SALA, y dirigida por el Letrado D. JAUME PARAROLS CULLELL; y como parte apelada Dª. Estela, representada por la Procuradora Dª. CARME PEIX ESPIGOL, y dirigida por el Letrado D. JOAN LLEAL TULSÀ.
Por el Juzgado Primera Instancia 2 Girona (ant.CI-6), en los autos nº 857/2011, seguidos a instancias de Dª. Estela, representada por la Procuradora Dª. CARME PEIX ESPIGOL y bajo la dirección del Letrado D. JOAN LLEAL TULSÀ, contra D. Argimiro, representado por la Procuradora Dª. ELISENDA PASCUAL SALA, bajo la dirección del Letrado D. JAUME PARAROLS CULLELL, se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: " FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Dª. Carme Peix Espigol en nombre y representación de Dª. Estela debo declarar y declaro que D. Argimiro carece de título que justifique la ocupación de la finca urbana sita en la calle Sant DIRECCION000 NUM000,conocida como Can Solanas,del municipio de Serinyà propiedad de la actora y por ello condenar y condeno al demandado a dejar libre y expedita dicha finca en el plazo más breve posible y siempre antes de la fecha del lanzamiento previsto para el 23 de septiembre de 2011 a las 10:00 horas y que se llevará a efecto en la fecha fijada si lo solicitase el demandante en la forma prevenida en el art. 549 LEC ". SEGUNDO.- La relacionada sentencia de fecha 20 de julio de 2011, se recurrió en apelación por la parte demandada, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia y se han seguido los demás trámites establecidos en la LEC.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. Núria Lefort Ruiz de Aguiar.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida.
Se interpuso recurso de apelación por D. Argimiro, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia 2 de Girona de fecha 20 de julio de 2011, en la que se estimó la demanda interpuesta por Dª. Estela y en la que se solicitó el desahucio por precario del demandado apelante que ocupa sin título la finca propiedad de la actora, a lo que éste opuso la falta de legitimación activa de la apelada y la no firmeza de la sentencia de divorcio que atribuye el uso del domicilio familiar a su esposa, hija de la actora. En el...
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