SAP Asturias 82/2012, 27 de Febrero de 2012

PonenteMARIA NURIA ZAMORA PEREZ
ECLIES:APO:2012:402
Número de Recurso175/2011
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución82/2012
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

OVIEDO

SENTENCIA: 00082/2012

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 175/2011

NÚMERO 82

En OVIEDO, a veintisiete de Febrero de dos mil doce, la Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Oviedo, compuesta por Don Francisco Tuero Aller, Presidente, Doña Nuria Zamora Pérez y Don José Antonio Soto Jove Fernández, Magistrados, ha pronunciado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el recurso de apelación número 175/2011, en autos de INCAPACITACIÓN Nº 862/10, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número nueve de los de Oviedo, promovido por Dª. María Esther, demandada en primera instancia, contra D. Serafin, demandante en primera instancia, con la intervención del MINISTERIO FISCAL, y siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Nuria Zamora Pérez.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número nueve de los de Oviedo se dictó Sentencia con fecha diecinueve de enero de dos mil once, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la representación de

D. Serafin debo declarar y declaro la incapacidad total de DOÑA María Esther, extendiéndose dicha incapacitación tanto al gobierno de su propia persona como de sus bienes y al derecho de sufragio, quedando sometida al régimen de tutela y designando como tutor a su hijo D. Serafin .- Se acuerda la EXTINCIÓN del poder otorgado por Dª. María Esther a favor de Dª. Esmeralda ante el Notario de Oviedo, D. Francisco Javier Ramos Calles en fecha seis de octubre de dos mil diez (Protocolo nº 1.986).- No procede hacer expresa imposición de las costas causadas.".- SEGUNDO.- Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandada recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, señalándose para deliberación y fallo el día catorce de Febrero de dos mil doce.- TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia de instancia estima la demanda promovida por D. Serafin, declarando incapacitada para regir su persona y bienes a Doña María Esther y nombrando como tutor de la misma al promotor de este expediente de incapacidad.

Recurrida la sentencia por Doña María Esther, el único trema objeto de debate lo constituye la designación de la persona que ha de ejercer el cargo de tutor, pues la apelante se muestra conforme respecto a su declaración de incapacidad.

SEGUNDO

A la vista de los términos en los que ha quedado planteado el debate del recurso, la apelación ha de ser desestimada.

En principio la persona que ha sido designada como tutor, el hijo biológico de la incapaz es una de las previstas en el artículo 234 del Código Civil y además quien hasta unos dos años antes de promover el expediente de incapacitación se había hecho cargo del cuidado de ella. Actividad que delega en su hermano, actualmente fallecido, por tener a su cargo otras tías maternas, también de avanzada edad que exigían mucha dedicación, no pudiendo atenderlas a todas.

Frente a ese nombramiento la recurrente esgrime que ha de prevalecer la designación realizada en el "poder" otorgado el 6 de octubre de 2.010, cuya validez no puede cuestionarse en tanto no sea declarado nulo. Poder otorgado por la actual incapaz mientras permanece ingresada en el Hospital Monte Naranco de esta ciudad y en el que decía apoderar a Doña Esmeralda, nuera de la incapaz, recogiendo en su redactado que lo otorga "....En previsión de encontrarse en un estado en que su juicio de la realidad esté mermado o alterado de tal forma que no pueda expresarse de forma libre, designa a dicha apoderada como su representante habilitada ante el equipo médico, para la toma de cualquier decisión encaminada a seleccionar el tratamiento médico o quirúrgico que ha de prestársele... prestar en su nombre consentimiento para todas...

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