AAP Madrid 230/2011, 23 de Diciembre de 2011

PonenteFERNANDO DELGADO RODRIGUEZ
ECLIES:APM:2011:17429A
Número de Recurso547/2011
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución230/2011
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25

MADRID

AUTO: 00230/2011

Fecha: 23 de diciembre de 2011

Rollo: RECURSO DE APELACION 547/2011

Ponente: ILMO. SR. D.FENANDO DELGADO RODRIGUEZ

Apelante: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EDIFICIO000

PROCURADOR: D. ANTONIO RIVERO DEL POZO

Autos: EJECUCION FORZOSA LAUDO 868/11

Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº. 101 DE MADRID

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. FERNANDO DELGADO RODRIGUEZ

D. ÁNGEL LUIS SOBRINO BLANCO

D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO

En Madrid, a veintitrés de diciembre de dos mil once.

Vistos en grado de apelación ante esta Sección 25ª de la Audiencia Provincial de Madrid, los autos de EJECUCION FORZOSA DEL LAUDO ARBITRAL 868/2011, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 101 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 547/2011, en los que aparece como parte apelante C.P. EDIFICIO000, AVENIDA000, ROQUETAS DE MAR, ALMERIA representado por el Procurador D. ANTONIO RIVERO DEL POZO, sobre denegación de ejecución forzosa de laudo, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. FERNANDO DELGADO RODRIGUEZ.

HECHOS
PRIMERO

Que los autos originales núm. 868/2011 procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 101 de Madrid, fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

SEGUNDO

Que por la Ilma. Sra. Dª. María Begoña Pérez Sanz Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 101 de Madrid se dictó auto con fecha 6 de mayo de 2011 cuya PARTE DISPOSITIVA es del tenor literal siguiente: "No ha lugar a despechar la ejecución forzosa del Laudo Arbitral solicitada por el Procurador D. Antonio Rivero del Pozo en nombre de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EDIFICIO000

, contra D. Victorio ".

TERCERO

Que contra el referido auto se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EDIFICIO000, el Procurador Sr. D. ANTONIO RIVERO DEL POZO; remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 21 de diciembre del año en curso.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los razonamientos jurídicos de la resolución recurrida los cuales serán reemplazados por los que se expresan a continuación.

PRIMERO

En el Auto de 6 de mayo de 2011, del Juzgado de 1ª Instancia nº 101 de Madrid, dictado en el procedimiento de ejecución forzosa de laudo arbitral nº 868/2011, no se despachó ejecución, por entender la juez "a quo", que en la Junta General Ordinaria de 12 de agosto de 2010, cuya Acta figura en el documento nº 3 adjunto a la demanda de ejecución, folios 24 a 26 de autos, no consta la voluntad expresa del supuesto ejecutado a los efectos del artículo 550.1.1º.2 de la LEC, deduciendo la falta de convenio arbitral, conforme a la estricta interpretación del artículo 11 de la Ley de Arbitraje .

SEGUNDO

La parte ejecutante del laudo recurre en apelación porque no puede quedar al libre arbitrio del copropietario que no ha querido asistir a la Junta General Ordinaria de 12 de agosto de 2010, en que se aprobó por mayoría de los asistentes el convenio arbitral, la inaplicación de lo resuelto en un lado arbitral, citando los Autos de la AP de Madrid: Sección 19ª, de 5 de octubre de 2009, R.- 438/2009, y Sección 25ª, de 29 de octubre de 2010, R.- 196/2010 .

TERCERO

El laudo firme de condena es título que lleva aparejada ejecución (517.2.2° LEC y 52 LA) estando equiparado a la sentencia o auto judicial ejecutable y cabe la ejecución del laudo también en cuento al pronunciamiento arbitral sobre costas del arbitraje ( artículo 35 Ley de Arbitraje ). Es juez competente para la ejecución de un laudo el juzgado de primera instancia del lugar en que se haya dictado (545.2 LEC y 53 LA) y el juez debe examinar, antes de despachar ejecución, de oficio, su competencia territorial (artículo 546), a la vista del título ejecutivo y demás documentos que acompañen a la demanda que, en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
8 sentencias
  • AAP Madrid 259/2012, 18 de Julio de 2012
    • España
    • July 18, 2012
    ...Sr. LópezMuñiz Criado, C.; ROJ: AAP M 14484/2011); 230/2011, de 23 de diciembre (RA 547/2011; Pte.: Ilmo. Sr. Delgado Rodríguez, F.; ROJ: AAP M 17429/2011); 5/2012, de 13 de enero (RA 577/2011; Pte.: Ilmo. Sr. Delgado Rodríguez, F.; ROJ: AAP M 918/2012); 9/2012, de 18 de enero (RA 624/2011;......
  • AAP Madrid 310/2012, 10 de Octubre de 2012
    • España
    • October 10, 2012
    ...Sr. LópezMuñiz Criado, C.; ROJ: AAP M 14484/2011); 230/2011, de 23 de diciembre (RA 547/2011; Pte.: Ilmo. Sr. Delgado Rodríguez, F.; ROJ: AAP M 17429/2011); 5/2012, de 13 de enero (RA 577/2011; Pte.: Ilmo. Sr. Delgado Rodríguez, F.; ROJ: AAP M 918/2012); 9/2012, de 18 de enero (RA 624/2011;......
  • AAP Madrid 193/2012, 7 de Junio de 2012
    • España
    • June 7, 2012
    ...Sr. LópezMuñiz Criado, C.; ROJ: AAP M 14484/2011); 230/2011, de 23 de diciembre (RA 547/2011; Pte.: Ilmo. Sr. Delgado Rodríguez, F.; ROJ: AAP M 17429/2011); 5/2012, de 13 de enero (RA 577/2011; Pte.: Ilmo. Sr. Delgado Rodríguez, F.; ROJ: AAP M 918/2012); 9/2012, de 18 de enero (RA 624/2011;......
  • AAP Madrid 387/2012, 14 de Noviembre de 2012
    • España
    • November 14, 2012
    ...Sr. LópezMuñiz Criado, C.; ROJ: AAP M 14484/2011); 230/2011, de 23 de diciembre (RA 547/2011; Pte.: Ilmo. Sr. Delgado Rodríguez, F.; ROJ: AAP M 17429/2011); 5/2012, de 13 de enero (RA 577/2011; Pte.: Ilmo. Sr. Delgado Rodríguez, F.; ROJ: AAP M 918/2012); 9/2012, de 18 de enero (RA 624/2011;......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR