SAP Madrid 615/2011, 18 de Noviembre de 2011
Jurisdicción | España |
Emisor | Audiencia Provincial de Madrid, seccion 13 (civil) |
Fecha | 18 Noviembre 2011 |
Número de resolución | 615/2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 13
MADRID
SENTENCIA: 00615/2011
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 13
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 91-4933964/6/3909/11 Fax: 91-493.39.10
N.I.G. 28000 1 0002673 /2011
Rollo: RECURSO DE APELACION 339 /2011
Proc. Origen: JUICIO VERBAL 2087 /2010
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 43 de MADRID
De: Cristobal
Procurador: ISABEL AFONSO RODRIGUEZ
Contra: MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA
Procurador: IGNACIO RODRIGUEZ DIEZ
Seccion Decimotercera. Resolución Unipersonal
Magistrado: ILMO. SR. D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO
SENTENCIA
En Madrid, a dieciocho de noviembre de dos mil once. La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid Unipersonal, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal sobre Reclamación de Cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 43 de los de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante D. Cristobal, representado por la Procuradora Dª Isabel Afonso Rodríguez y asistido de Letrado cuyo nombre no consta en el escrito de interposición del recurso de apelación, y de otra, como demandado-apelado MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA, representado por el Procurador D. Ignacio Rodríguez Díez y asistido de la Letrada Dª Ángela Fernández Rubí.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 43, de los de Madrid, en fecha treinta y uno de
enero de dos mil once, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimo la demanda interpuesta por la representación procesal de D. Cristobal contra la entidad MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA absolviendo al demandado de las pretensiones ejercitadas de contrario. Las costas del presente procedimiento se imponen al demandante.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección en fecha veinticuatro de mayo de 2011, para resolver el recurso.
Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Asuntos, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente resolución el día dieciséis de noviembre de dos mil once .
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.
Se acepta la fundamentación jurídica de la sentencia apelada, en cuyo fundamento de
derecho primero se describen los hechos que dan lugar al procedimiento con los siguientes términos:
"El actor, D. Cristobal, ejercita, en su escrito de demanda, una acción de reclamación de daños y perjuicios al amparo de lo dispuesto en los arts. 1902 y 73 y ss de la LCS, frente a la entidad Mutua Madrileña Automovilista, que fundamenta en los siguientes hechos: el día 19 de febrero de 2.010, sobre las 15,45 h, el demandante circulaba por la M-30 de Madrid, con el vehículo de su propiedad, marca Toyota, modelo Corolla, matrícula ....-YXM, asegurado en la entidad Línea Directa Aseguradora, cuando, a la altura del puente de la C/ O'Donell, el vehículo que le precedía, matrícula .... DMM, frenó, lo que determinó que el actor frenará también, al igual que el vehículo que le seguía, Renault Megane matrícula ....-PZX, y, el vehículo que iba detrás de este, marca Audi modelo A4 matrícula ....-YMY, conducido por D. Jose Pablo y asegurado en la entidad demandada, no se detuvo, provocando una colisión en cadena, lanzando...
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