AAP Barcelona 156/2011, 4 de Noviembre de 2011
Ponente | VICENTE CONCA PEREZ |
ECLI | ES:APB:2011:7371A |
Número de Recurso | 763/2011 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 156/2011 |
Fecha de Resolución | 4 de Noviembre de 2011 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN CUARTA
Asunto: Rollo núm. 763/2011-P
Tipo de recurso/Ponente: APELACION CIVIL/VICENTE CONCA PEREZ
Dimana de autos de: EJECUCIÓN HIPOTECARIA nº. 753/2010
Órgano de procedencia: JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 1 CERDANYOLA DEL VALLÈS Parte/s apelante/s: Justiniano
Parte/s apelada/s:
A U T O núm.156/2011
Ilmo/as. Sres/as. Magistrados/as:
D. VICENTE CONCA PEREZ, Presidente
Dª. AMPARO RIERA FIOL
Dª. MIREIA RIOS ENRICH
Barcelona, cuatro de noviembre de dos mil once
Ante esta Sección se ha tramitado el rollo número 763/2011, en virtud del recurso de queja que interpuso la parte demandada D. Justiniano contra Auto que dictó con fecha 01/07/2011 el Juzgado Primera Instancia 1 Cerdanyola del Vallès en los autos de Ejecución Hipotecaria núm. 753/2010, seguidos a instancia de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid contra Dº Justiniano y Dº Silvio .
Admitido el recurso por el Juzgado a quo, se dio traslado a la parte contraria, quien se opuso. Seguidamente se elevaron los autos a esta Audiencia, con los respectivos escritos, correspondiendo por reparto a esta Sección.
La parte dispositiva de la resolución impugnada dice así:
Acuerdo: NO HA LUGAR A TENER POR PREPARADO el recurso de apelación contra AUTO en este proceso con fecha 4 de abril de 2011.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales, habiendo tenido lugar la deliberación y votación el día 27 de octubre de 2011.
Ha actuado como Ponente el Ilmo Sr Magistrado D. VICENTE CONCA PEREZ.
La representación de D. Justiniano recurre en queja el auto de 1.7.11 dictado en el proceso de ejecución hipotecaria de que dimana este rollo por el que se declara no haber lugar a tener por preparado recurso de apelación contra el auto de 4 de abril de 2011 por el que se inadmitió a trámite la oposición a la ejecución hipotecaria despachada.
Dice que frente al auto de abril la parte presentó escrito preparatorio de recurso de apelación que fue admitido por diligencia de 26 de abril. Por providencia de 16 de mayo se dejó sin efecto dicha diligencia 'ya que contra el auto que resuelve la oposición a la ejecución hipotecaria no cabe recurso alguno ( artículo 695.4 Lec )'.
Esta providencia fue recurrida en reposición por el ejecutado, siendo rechazado el recurso por auto de 14 de junio de 2011. El 27 de mayo se presentó también por el ejecutado escrito preparatorio de apelación contra el auto de 4 de abril por el que se inadmitió la oposición a la ejecución, que fue rechazado por auto de 1º de julio.
Ahora se presenta recurso de queja contra este último auto. El motivo es que el mismo es contradictorio con lo acordado en el auto de 4 de...
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