AAP Álava 106/2011, 13 de Julio de 2011

PonenteIÑIGO ELIZBURU AGUIRRE
ECLIES:APVI:2011:223A
Número de Recurso130/2011
ProcedimientoRECURSO APELACIóN DE AUTOS LEC 2000
Número de Resolución106/2011
Fecha de Resolución13 de Julio de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Álava, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA

ARABAKO PROBINTZIA AUZITEGIA

Sección / Sekzioa: 1ª/1.

AVENIDA GASTEIZ 18-2ª planta - C.P./PK: 01008

Tel.: 945-004821

Fax / Faxa: 945-004820

N.I.G. / IZO: 01.02.2-10/001756

Apelaci.autos L2 / 130/2011 - A

O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia: Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Vitoria / Gasteizko Lehen Auzialdiko 6 zk.ko Epaitegia

Autos de 256/2010 (e)ko autoak

Recurrente / Errekurtsogilea: CONSTRUCCIONES Y EXPLOTACIONES ROGADO S.A.

Procurador/a/Prokuradorea: MARIA MERCEDES BOTAS ARMENTIA

Abogado/a / Abokatua: JOSE CRESPO LARA

Recurrido/a / Errekurritua: COPMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL NUMERO NUM000 DE LA CALLE000 DE VITORIA- GASTEIZ

Procurador/a / Prokuradorea: AZUCENA RODRIGUEZ RODRIGUEZ

Abogado/a/ Abokatua: BLANCA DE LA PEÑA BERNAL

AUTO Nº 106/11

TRIBUNAL QUE LO DICTA:

ILMA. SRA. PRESIDENTA: Dª MERCEDES GUERRERO ROMEO

MAGISTRADO: D. IÑIGO MADARIA AZCOITIA

MAGISTRADO: D. ÍÑIGO ELIZBURU AGUIRRE

LUGAR: VITORIA-GASTEIZ

FECHA: 13 de julio de dos mil once

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 05.11.10 se dictó Auto por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Vitoria-Gasteiz, en autos de Juicio Ordinario nº 256/2010, cuya parte dispositiva dice:

"ESTIMAR la cuestión prejudicial civil de falta de legitimación de la actora por no estar al corriente de las deudas vencidas con la demandada, planteada como requisito de procedibilidad, y entender que la actora no está procesalmente legitimada para continuar con el proceso. Y, SOBRESEER el procedimiento con expresa imposición de las costas causadas hasta ahora a la parte demandante".

SEGUNDO

Por la representación de CONSTRUCCIONESY EXPLOTACIONES ROGADO, S.A. se interpuso recurso de apelación frente a dicho Auto, recurso que se tuvo por interpuesto por resolución de fecha

27.01.11, dándose el correspondiente traslado a la contraparte por diez días para alegaciones, presentándose por la representación de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE CALLE000 Nº NUM000, escrito de oposición al recurso planteado de contrario, elevándose, posteriormente, los autos a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibidos los autos en la Secretaría de esta Sala, con fecha 02.03.11 se mandó formar el Rollo de apelación, registrándose y turnándose la ponencia al Ilm. Sr. Magistrado D. ÍÑIGO ELIZBURU AGUIRRE, y por providencia de 04.05.11 se señaló para deliberación, votación y fallo el día 09 de junio de

2.011.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales fundamentales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Pretende, la parte apelante, que se acuerde desestimar la cuestión prejudicial civil de falta de legitimación de la misma, con imposición de costas a la contraparte si se opusiere a este recurso.

SEGUNDO

Entrando en el examen de la procedencia o no del recurso de apelación, a la luz de las consideraciones en la que el mismo se basa y que es innecesario reproducir al ser conocidas por las partes y dado que además irán surgiendo en el curso de la presente argumentación en la medida en que resulten precisas o útiles para la debida resolución de la causa, y una vez examinado lo actuado, debe...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • SAP Álava 270/2014, 30 de Octubre de 2014
    • España
    • 30 Octubre 2014
    ...art. 18.2 LPH tiene que ser restrictiva pues supone limitar el acceso a una resolución de fondo, como hemos dicho en el AAP Álava, Secc. 1ª, de 13 de julio de 2011 (Roj: AAP VI 223/2011), que cita la SAP Álava, Secc. 1ª, de 3 de julio de 2006, o en la SAP Álava, Secc. 1ª, 17 enero 2013, rec......
  • SAP Álava 5/2013, 17 de Enero de 2013
    • España
    • 17 Enero 2013
    ...antes del 30 de enero de 2012. Pero no se acogerá la excepción que apreció la sentencia, pues como ya hemos dicho en AAP Álava, Secc. 1ª, de 13 de julio de 2011 (Roj: AAP VI 223/2011), que cita la SAP Álava, Secc. 1ª, de 3 de julio de 2006, el art. 18.2 LPH debe ser de interpretación restri......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR