SAP Zaragoza 105/2012, 2 de Abril de 2012

PonenteFRANCISCO JAVIER CANTERO ARIZTEGUI
ECLIES:APZ:2012:991
Número de Recurso81/2012
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución105/2012
Fecha de Resolución 2 de Abril de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00105/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de ZARAGOZA

Domicilio: C/ COSO, 1

Telf: 976 208 367

Fax: 976 208 787

Modelo: 213050

N.I.G.: 50297 48 2 2009 0203507

ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000081 /2012

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 2 de ZARAGOZA Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000405 /2011 RECURRENTE: Yolanda

Procurador/a: PATRICIA PEIRE BLASCO

Letrado/a: ROSA FERNANDEZ HIERRO

RECURRIDO/A: Maximiliano

Procurador/a: NATALIA CUCHI ALFARO

Letrado/a: MIGUEL NAVARRO DEL CACHO

SENTENCIA NÚM. 105/2.012

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ILMOS. SEÑORES

PRESIDENTE

D. Julio Arenere Bayo MAGISTRADOS

D. Antonio Eloy López Millán

D. Francisco Javier Cantero Aríztegui

En la ciudad de Zaragoza, a dos de Abril de dos mil doce.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial constituida por los Ilmos. Señores que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación las Diligencias de P.A. nº 405 de 2.011, procedentes del Juzgado de lo Penal número 2 de Zaragoza, Rollo nº 81 de 2.012, por delito de lesiones y delito de amenazas, siendo apelante Yolanda, representada por la Procuradora Sra. Peiré Blasco y defendida por la letrada Sra. Fernández Hierro; apelados EL MINISTERIO FISCAL y Maximiliano, representado por la Procuradora Sra. Cuchi Alfaro y defendido por el letrado Sr. Navarro del Cacho; y Ponente en esta apelación el Ilmo. Sr. Magistrado D. Francisco Javier Cantero Aríztegui, que expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los citados autos recayó sentencia con fecha 9 de Febrero de 2.012, cuya parte dispositiva, en lo necesario para la resolución del recurso, es del tenor literal siguiente: "Que debo ABSOLVER y ABSUELVO libremente a don Maximiliano de los tres delitos de LESIONES EN EL ÁMBITO FAMILIAR y del delito de AMENAZAS EN EL ÁMBITO FAMILIAR de que había sido acusado en estos autos, con todos los pronunciamientos favorables y declarando de oficio las costas causadas."

SEGUNDO

La relación fáctica de la resolución recurrida es del tenor literal siguiente: "No procede declarar probado ninguno de los hechos que se relataban en el escrito de acusación del Ministerio Fiscal y de la Acusación Particular y que hacían referencia, por un lado, a unas agresiones del acusado don Maximiliano a su entonces pareja sentimental doña Yolanda, en la tarde-noche del viernes 5 de junio de 2009, en el domicilio de ésta última, sito en la CALLE000 de esta ciudad y estando en el lugar el hijo de ella de siete años...

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