AAP Barcelona 235/2010, 7 de Octubre de 2010
Ponente | MARIA DOLORES VIÑAS MAESTRE |
ECLI | ES:APB:2010:6179A |
Número de Recurso | 937/2009 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 235/2010 |
Fecha de Resolución | 7 de Octubre de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCION DECIMOCTAVA
ROLLO Nº 937/2009
EJECUCIÓN NÚM. 489/2008
JUZGADO de PRIMERA INSTANCIA 1 SANT FELIU LLOBREGAT
A U T O Núm. 235/2010
Ilmo/as. Sr./as.
Dª. MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO
Dª. Mª JOSÉ PÉREZ TORMO
Dª. Mª DOLORS VIÑAS MAESTRE
D. LUIS FRANCISCO CARRILLO POZO
En Barcelona a siete de octubre de dos mil diez HECHOS
Se aceptan los del Auto apelado, dictado en fecha 6 de febrero de 2009 por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Sant Feliu de Llobregat, en el Procedimiento de Ejecución, autos núm. 489/2008 promovidos por Dª: Bibiana contra D. Luis Angel, siendo la parte dispositiva de la resolución apelada del tenor literal siguiente: "Desestimar la oposición formulada por la Procuradora Dª. Anna Roca Cardona en representación de D. Luis Angel, continuando la presente ejecución"
Interpuesto Recurso de Apelación contra el anterior Auto por la parte, fue admitido, elevándose a esta Audiencia los Autos y tras los trámites procesales, se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 29 de septiembre de 2010.
VISTOS, siendo ponente la Magistrado Dª. Mª DOLORS VIÑAS MAESTRE,
El objeto de la presente apelación se limita a poner de manifiesto el error padecido en la cuantificación de la suma inicialmente reclamada por impago de la pensión de alimentos del mes de junio de 2008. Se aceptan en consecuencia los demás fundamentos de la resolución impugnada por los que se desestiman los motivos de oposición formulados respecto a los gastos extraordinarios también reclamados.
Examinada la demanda ejecutiva, es de observar que se ha producido un error en la cuantificación del importe de la cantidad reclamada por pensión de alimentos del mes de junio de 2008 que se arrastra desde el principio. En la demanda ejecutiva se reclama inicialmente por dicho concepto la cantidad de 377,57 euros correspondiente a la pensión de alimentos establecida en la sentencia objeto de ejecución con la debida actualización por IPC, sin embargo al determinar la cantidad total que es objeto de ejecución, que incluye asimismo la cantidad de 473,67 euros por gastos extraordinarios, se solicita que se despache ejecución por la suma total de 1.228,8 euros, cuando la suma de todos los conceptos reclamados asciende a 851,24 (377,57 + 473,67 euros), dictándose...
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