AAP Madrid 238/2010, 11 de Octubre de 2010
Ponente | MARIA DEL CARMEN GARCIA DE LEANIZ CAVALLE |
ECLI | ES:APM:2010:14240A |
Número de Recurso | 631/2009 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 238/2010 |
Fecha de Resolución | 11 de Octubre de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 8ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8
MADRID
AUTO: 00238/2010
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE MADRID
Sección 8
1420A
FERRAZ, 41
N.I.G. 28000 1 7009529 /2009
RECURSO DE APELACION 631 /2009
Proc. Origen: MONITORIO 571 /2008
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 73 de MADRID
De: AMERICAN EXPRESS E.F.C., S.A.
Procurador: JUDITH ESTANY SECANELL
Ponente: ILMA. SRA. Dª. CARMEN GARCÍA DE LEÁNIZ CAVALLÉ
AUTO Nº 238
Magistradas:
ILMA. SRA. Dª. CARMEN GARCÍA DE LEÁNIZ CAVALLÉ
ILMA. SRA. Dª. MARGARITA VEGA DE LA HUERGA
ILMA. SRA. Dª. MARíA VICTORIA SALCEDO RUIZ
En Madrid, a once de octubre de dos mil diez. La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por las Sras.
Magistradas expresadas al margen, ha visto en grado de apelación los autos de procedimiento monitorio nº 571/08, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia núm. 73 de Madrid, interviniendo, como demandanteapelante, AMERICAN EXPRESS E.F.C., S.A., representada por la Procuradora Dª. Judit Estany Secanell.
VISTO, siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. CARMEN GARCÍA DE LEÁNIZ CAVALLÉ.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 73 de Madrid, en fecha 22 de abril de 2008, se dictó Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "NO HA LUGAR a admitir a trámite la demanda presentada por el procurador JUDIT ESTANY SECANELL, en nombre y representación de AMERICAN EXPRESS E.F.C., S.A., contra Rodrigo ".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
No estimándose necesaria la celebración de vista pública para la resolución del presente recurso, quedó en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 7 de octubre de 2010.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Por auto dictado el 22 de abril de 2008, el Juzgado de Primera Instancia nº 73 de Madrid acordó no admitir a trámite petición de monitorio presentada por la representación de AMERICAN EXPRESS, E.F.C., S.A., por entender que la liquidación que se adjuntaba se había practicado aplicando un interés indebido.
Frente a este auto se interpone recurso de apelación por la representación procesal de la parte actora que discrepa del razonamiento jurídico que sirve para rechazar el trámite el rechazo de la petición; según se argumenta por el recurrente, se cumplen con la demandada presentada y los documentos que se le adjuntan, lo dispuesto en el art. 812 de la LEC, siendo, en todo caso, el...
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