AAP Cádiz 108/2010, 9 de Septiembre de 2010
Ponente | CARLOS ERCILLA LABARTA |
ECLI | ES:APCA:2010:980A |
Número de Recurso | 218/2010 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 108/2010 |
Fecha de Resolución | 9 de Septiembre de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cádiz, Sección 5ª |
A U T O nº: 108/2010
Ilmos. Sres.
Presidente
D. CARLOS ERCILLA LABARTA
Magistrados
D. ANGEL L. SANABRIA PAREJO
Dª. ROSA Mª FERNANDEZ NUÑEZ
JUZGADO: Jerez Fra nº 1
Ejecución Titulo Judicial nº 1321/09
Rollo Apelación Civil nº: 218
Año: 2.010
En la ciudad de Cádiz a día 09 de septiembre de 2010.
Vistos en trámite de apelación por la Sección Quinta de esta Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz los autos del Recurso de Apelación Civil de referencia del margen, seguidos por Juicio sobre Ejecución de Titulo Judicial, en el que figura como parte apelante D. Saturnino, representado por la Procuradora Dª María Teresa Conde Mata y asistido del Letrado D. Joaquín Galvin Palacios, y parte apelada Dª Encarnacion, no comparecida en esta instancia; actuando como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON CARLOS ERCILLA LABARTA.
-
- Por el Juzgado de 1ª Instancia nº Uno de los de Jerez de la Frontera, se dictó auto en los presentes autos con fecha dos de Septiembre de dos mil nueve, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Se acuerda en el presente procedimiento que EL RÉGIMEN DE VISITAS reconocido en la Sentencia de separación dictada en la causa 490/03 a favor de D. Saturnino se desarrollen durante tres meses, prorrogables, en los días y horarios fijados salvo modificación por el centro, debiendo entregarse y reintegrarse los menores en el Centro Mediante sito en Edificio, PARQUE000, nº NUM000, NUM001, de Jerez", que fue notificado a las partes.
-
- Contra el anterior y por la representación de D. Saturnino, se interpuso recurso de apelación que fue admitido a trámite por el Juez "a quo" remitiendo las actuaciones a esta Audiencia Provincial, dándose traslado del referido escrito de apelación a la parte contraria por término legal para que pudiera formular escrito de oposición o impugnación, el cual una vez presentado fue unido a autos, y una vez ante esta Audiencia, se hizo entrega al ponente para el dictado de la resolución procedente.
IIº.-
-
- Entiende la Sala que carece de contenido el presente recurso en cuanto que el auto cuya ejecución se insta ha sido sustituido por el dictado en fecha posterior 21-10-09, en el que se recogen los mismos pronunciamientos que hoy se recurren, y el de 9/11/09 en el que se suspende el régimen de pernocta. Efectivamente independientemente de lo que...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STS 726/2012, 2 de Octubre de 2012
...derecho invocado por el juzgado instructor ni por el tribunal enjuiciador, tal como resolvió la Sección primera de la Audiencia provincial de Cádiz en auto de 9-9-2010 y ratificó el tribunal de instancia -Sección cuarta de la misma Audiencia- cuando desestimó la cuestión que como previa le ......