SAP Albacete 122/2012, 3 de Mayo de 2012

PonenteJOSE GARCIA BLEDA
ECLIES:APAB:2012:467
Número de Recurso57/2012
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución122/2012
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE ALBACETE

Sección Primera

Rollo Apelación Juicio de Faltas: nº 57/12

Órgano Procedencia: Juzgado de Instrucción nº UNO de HELLÍN.

Proc. Origen: Juicio de Faltas nº 133/2.011

SENTENCIA Nº 122 / 2.012

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmo. MAGISTRADO Don JOSÉ GARCÍA BLEDA.

En la Ciudad de ALBACETE, a tres de mayo de dos mil doce.

La Sección 001 de la Audiencia Provincial de ALBACETE, ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal del Juicio de Faltas expresado, seguido contra Federico y Rebeca, siendo partes en esta instancia, como apelante, Federico, defendido por el Letrado Sr. don Fernando Andújar Hernández; y, como apelados, Rebeca y el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Sr. Juez de Instrucción nº UNO de HELLÍN, con fecha 16 de febrero de 2.012, dictó sentencia en el Juicio de Faltas del que dimana este recurso, en la que se declararon como hechos probados los siguientes: "Primero: Que el día veintiocho de junio de dos mil once, sobre las 18:45 horas aproximadamente, a la altura de la calle Obispo Luis Amigo en la localidad de Hellín, Rebeca estaba paseando su perro en compañía de su amiga Vicenta, cuando en un momento determinado el can de Rebeca se enzarzó con el de Federico, que se encontraba descansando en un banco ubicado en la vía pública.-Segundo: Que como consecuencia del altercado entre los perros, Federico se levantó y agarró del cuello a Rebeca, quien a su vez se zafó de Federico golpeándole en la cara. A continuación, Federico propinó varios golpes a Rebeca, ocasionándose ambos lesiones.- Tercero: Rebeca sufrió lesiones consistentes en policontusiones en región cervical derecha sobre el músculo trapecio y en la zona de la mejilla derecha en la cara, así como excoriaciones múltiples sobre hemitórax derecho y en región clavicular, de las que tardó en curar 14 días, 7 de los cuales estuvo impedida para sus ocupaciones habituales, sin secuelas.- Federico sufrió lesiones consistentes en contusión facial, de las que tardó en curar 1 día, sin estar impedido para sus ocupaciones habituales, sin secuelas".

SEGUNDO

La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así: "Que debo CONDENAR Y CONDENO a Federico como autor responsable de una falta de lesiones, a la pena de multa de treinta días, a razón de cinco euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como a que indemnice a Rebeca en la cantidad de 595,21 euros por las lesiones sufridas y al pago de las costas causadas.- Igualmente debo CONDENAR Y CONDENO a Rebeca como autora responsable de una falta de lesiones, a la pena de multa de treinta días, a razón de cinco euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como a que indemnice a Federico en la cantidad de 30,46 euros por las lesiones sufridas y al pago de las...

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