SAP Sevilla 307/2009, 14 de Abril de 2009

JurisdicciónEspaña
Número de resolución307/2009
Fecha14 Abril 2009

Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla

Avda. Menéndez Pelayo 2

Tlf.: 955005021 / 955005023. Fax: 955005024

NIG: 4109143P20080122433

RECURSO:Apelación de Juicio de Faltas 2180/2009

ASUNTO: 100411/2009

Proc. Origen: J.Faltas Inmediato 245/2008

Juzgado Origen :JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº12 DE SEVILLA

Negociado:G

Apelante:. Severiano y Ángel Daniel

Abogado:.MANUEL BARROS LLORENTE

Procurador:.MILAGROSA LEAL FLOR

S E N T E N C I A N U M . 307/2009

ILMA. SRA.

MAGISTRADO

DÑA. DOLORES SANCHEZ GARCIA

En SEVILLA a 14 de abril de 2009

Vista en grado de apelación por la Ilma. Sra. Dª DOLORES SANCHEZ GARCIA., Magistrado de esta Audiencia Provincial de Sevilla Sección Primera, el presente Rollo de Faltas nº 2180/2009; en primera instancia por el Juzgado de JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº12 DE SEVILLA con el nº de Juicio de Faltas 245/2008 por falta de Vejaciones.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº12 DE SEVILLA se dictó con fecha sentencia en cuyo fallo se dice: "FALLO:Que debo condenar y condeno al/los denunciado/s Ángel Daniel a la pena de veinte días de multa, con cuota diaria de seis euros y con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código penal, según la cual si el/los condenado/s no satisficiere/n la multa voluntariamente o por la vía de apremio, cumpliría un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas y al pago de las costas.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por Severiano y Ángel Daniel y admitido tal recurso en ambos efectos, fueron elevados los autos a esta Audiencia, Recibidos, se formó el Rollo y se siguió este recurso por sus trámites.

HECHOS PROBADOS Se aceptan los Hechos Probados de la sentencia recurrida, que se dan por reproducidos en esta segunda instancia.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 12 de Sevilla, que condena a Ángel Daniel, interpone recurso de apelación, pues discrepa de la valoración de la prueba efectuada, solicitando su absolución.

Tiene declarado el Tribunal Constitucional que para que pueda desvirtuarse el principio de presunción de inocencia es precisa una mínima actividad probatoria, producida con las garantías procesales, que sea de cargo y de la que resulte la culpabilidad del denunciado.

También se ha reiterado que en esa función resulta muy difícil la sustitución de tal convicción por la que pueda formarse, sin presenciar prueba alguna, el Juez de apelación, quien solo cuenta con la reseña sucinta que se hace en el acta, conforme al artículo 972 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, de lo sucedido durante el juicio y que dispone, pues, de menores elementos de juicio sobre lo que realmente dijeron los declarantes y, en especial, de cómo lo dijeron. Por ello, cuando en el recurso se combate la apreciación de la prueba practicada, la función del Juez de...

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