AAP Barcelona 158/2008, 18 de Noviembre de 2008
Ponente | NURIA BARRIGA LOPEZ |
ECLI | ES:APB:2008:7950A |
Número de Recurso | 216/2008 |
Número de Resolución | 158/2008 |
Fecha de Resolución | 18 de Noviembre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCION DECIMONOVENA
Rollo de apelación 216/2008
Ejecución títulos no judicial 979/2007
Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Mataró
A U T O num. 158/08
Ilmos. Sres. Magistrados:
Nuria Barriga López
Asunción Claret Castany
Thea Espinosa Goedert
Barcelona a 18 de noviembre de 2008.
VISTOS, en grado de apelación, ante la sección decimonovena de esta Audiencia provincial, los presentes autos de ejecución títulos no judicial 979/2007,
seguidos en el juzgado de primera instancia nº 3 de Mataró, a instancias de Jose Enrique, representado por el procurador Carlos Pons de Gironella, contra MODATEJ 60, SL y TEIXITS MACHT POINT, SL, representados por la procuradora Anna Mª Terrades, y contra COMDIFIL, SA, representada por
la procuradora Mª Pilar Martínez Rivero; los cuales penden ante esta superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutada contra el auto dictado el 24 de septiembre de 2007 por el magistrado, juez titular del expresado juzgado.
Se aceptan los antecedentes de hecho del auto apelado de 24 de septiembre de 2007 dictado en el juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Mataró, en autos de Ejecución títulos no judicial 979/2007 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
DESESTIMANDO la oposición formulada por TEIXITS MACHT POINT, SL, MODATEJ 60, SL y don Jose Enrique contra la ejecución despachada en los presentes autos, debo declarar y declaro procedente la misma, debiendo seguir adelante por la cantidad despachada e imponiendo las costas causadas en este pleito a quien formuló oposición.
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte ejecutada, dándose traslado, no se presentó escrito de contrario; elevándose las actuaciones a esta Audiencia provincial.
Se señaló para votación y fallo el 2 de octubre.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales. VISTO, ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Nuria Barriga López.
Se despachó ejecución en virtud de una escritura pública de reconocimiento de deuda por parte de MODATEJ 60, SL y avalado solidariamente por TEIXITS MACHT POINT, SL, y Jose Enrique . Los demandados se opusieron y por Jose Enrique se pide la nulidad de la ejecución por falta de notificación previa, art.572.2 LEC pues no se acredita la recepción.
Por todos se pide la nulidad del juicio al amparo del art. 559.1.3º LEC pues la suma no es líquida, hay un pago aplazado, y no esta vencida, art. 1125 CC, y no hay cláusula de vencimiento anticipado, el cual debe pactarse de modo expreso. También se alega pluspetición pues solo se podría...
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