AAP Barcelona 76/2008, 10 de Abril de 2008
Ponente | AGUSTIN FERRER BARRIENDOS |
ECLI | ES:APB:2008:2109A |
Número de Recurso | 858/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 76/2008 |
Fecha de Resolución | 10 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCION DECIMOSEXTA
ROLLO Nº. 858/2007 -A
PIEZA SEPARADA DE MEDIDAS CAUTELARES NÚM. 320/2007
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 2 CORNELLÁ DE LLOBREGAT
A U T O NUM. 76/2008
Ilmos. Sres.
DON AGUSTÍN FERRER BARRIENDOS
DON JORDI SEGUÍ PUNTAS
DON JOSÉ LUIS VALDIVIESO POLAINO
En Barcelona, a diez de abril de dos mil ocho.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Dieciséis de esta Audiencia Provincial, la presente pieza separada de Medidas Cautelares, número 320/2007 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 2 Cornellá de Llobregat, a instancia de SOL INVERSIONES SYSTEM, S.L. representado por el procurador
D. Angel Joaniquet Tamburini contra Dª. Ángeles, representada por el procurador D. Fernando Bertrán Santamaría, los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de SOL INVERSIONES SYSTEM, S.L., contra el Auto dictado el día veintiséis de julio de dos mil siete por el Sr. Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva del Auto apelado es del tenor literal siguiente: "En virtud de la normativa aplicada y de los criterios y consideraciones jurídicas expuestas, DECIDO desestimar la medida cautelar solicitada por Dª. Mª. Luisa Tamburini Serra como Procuradora de los Tribunales y de Sol Inversiones System, S.L. bajo la dirección letrada de D. Gómez Rosich.
Se imponen las costas a la actora, promotora de la medida cautelar desestimada."
Contra el anterior Auto se interpuso recurso de apelación por SOL INVERSIONES SYSTEM, S.L. mediante escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria que se opuso en tiempo y forma legal. Elevados los autos a esta Audiencia Provincial se procedió a dar el trámite pertinente señalándose para votación y fallo el día 26 de marzo de 2008.
Vistos siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. AGUSTÍN FERRER BARRIENDOS.
La sociedad demandante solicita, como medidas cautelares: 1.- Que se proceda a la restitución y reposición a su estado originario de las instalaciones y servicio comunitario de agua potable que alimentaba su vivienda.
-
- El acceso a cubierta para instalación de una antena comunitaria y para instalar la unidad exterior de la climatización de su vivienda.
El Juzgado desestima la demanda cautelar estimando la inexistencia de peligro en la demora.
Contra dicha resolución recurre la parte demandante reiterando su pretensión inicial.
El Juzgado desestima la pretensión cautelar por no estimar concurrente la existencia de peligro para la efectividad de la sentencia.
De las tres medidas solicitadas parece claro que la referente a la antena de televisión no reviste especial problema. En relación a las otras medidas, este Tribunal no ve tan claro como el Juzgado la apariencia de buen derecho, al menos en este momento y con...
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AAP Barcelona 28/2012, 14 de Marzo de 2012
...cautelar, que se denegó inaudita parte. SEGUNDO En caso semejante el AAP de Barcelona, Civil sección 16 del 10 de Abril del 2008 ( ROJ: AAP B 2109/2008) señaló que: " En cualquier caso, lo que es evidente es que la parte demandante no pretende adoptar medidas en garantía de la ejecutabilida......