AAP Vizcaya 77/2008, 25 de Junio de 2008

PonenteMARIA MAGDALENA GARCIA LARRAGAN
ECLIES:APBI:2008:816A
Número de Recurso298/2008
ProcedimientoRECURSO APELACIóN JUICIO VERBAL LEC 2000
Número de Resolución77/2008
Fecha de Resolución25 de Junio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 5ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA Sección 5ª

BARROETA ALDAMAR 10 3ª planta- C.P. 48001 Tfno.: 94-4016666

Fax: 94-4016992

N.I.G. 48.04.2-04/030468

Apel.j.verbal L2 298/08

O.Judicial Origen: Jdo. 1ª Instancia nº 13 (Bilbao)

Autos de Juicio verbal L2 1022/04

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Recurrente: SIX BY SIX 9000 SL

Procurador/a: MARIA JESUS ARTEAGA GONZALEZ Abogado/a: FRANCISCO PEREDA SOURROUILLE Recurrido: AUVOL S.A.

Procurador/a: ALFONSO JOSE BARTAU ROJAS Abogado/a: MAIDER RENOBALES HERNANDO

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A U T O Nº 77/08

Iltmas. Sras:

PRESIDENTE Dña. Mª ELISABETH HUERTA SANCHEZ MAGISTRADO Dña. LEONOR CUENCA GARCIA MAGISTRADO Dña. MAGDALENA GARCIA LARRAGAN En BILBAO, a 25 de junio de 2008.

HECHOS
PRIMERO

Se han recibido en esta Sala, procedentes de la Oficina de Reparto, los autos de Juicio Verbal nº 1022/04, tramitados ante el Juzgado de Primera Instancia nº 13 de los de Bilbao, a fin de resolver la apelación interpuesta por la Procuradora Sra. Arteaga Gonzalez, en la representación que en los mismos ostenta, frente a la sentencia dictada en fecha 15 de febrero de 2008 .

Dicho recurso, cuya tramitación ha sido admitida a medio de diligencia de ordenación de 18 de junio de 2008, ha quedado registrado con el nº 298/08 del Libro de Rollos de Apelación.

SEGUNDO

Es ponente en esta alzada la Ilma. Sra. Magistrada Dª MAGDALENA GARCIA LARRAGAN.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

ÚNICO.- Observándose que en los autos de referencia ya correspondió el conocimiento del asunto a la Sección Cuarta de esta Audiencia, que dictó en fecha 21 de junio de 2006, ante las deficiencias de grabación del acto del juicio, sentencia declarando la nulidad de las actuaciones practicadas, retrotrayéndolas a la fase de práctica de las pruebas propuestas y admitidas en el acto de la celebración del juicio, de conformidad con las normas de reparto de la Audiencia Provincial de Vizcaya procede inhibirnos del conocimiento del presente rollo y remitir el mismo a la citada Sección Cuarta de esta Audiencia, previa comunicación, a los efectos oportunos, a la Oficina de Reparto ( artículo 68 y ss de la L.E.C . ).

En razón a lo expuesto,

LA SALA DISPONE

Inhibirse del conocimiento del presente recurso de apelación y remitir las actuaciones a la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, previa comunicación a los efectos oportunos a la Oficina de Reparto.

Así, por este auto, lo acuerdan mandan y firman, los Ilmos. Sres. que lo encabezan MAGISTRADOS

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