AAP A Coruña 171/2008, 28 de Noviembre de 2008
Ponente | BERNARDINO JOSE VARELA GOMEZ |
ECLI | ES:APC:2008:695A |
Número de Recurso | 439/2008 |
Número de Resolución | 171/2008 |
Fecha de Resolución | 28 de Noviembre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 6ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6
LA CORUÑA/A CORUÑA
AUTO: 00171/2008
Domicilio : RÚA VIENA S/N, 4ª PLANTA, SANTIAGO DE COMPOSTELA
Telf : 981- 54.04.70
Fax : 981- 54.04.73
Modelo : 15650
N.I.G.: 15030 37 1 2008 0600469
ROLLO : RECURSO DE APELACION 0000439 /2008
Juzgado procedencia : JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 2 de SANTIAGO DE COMPOSTELA
Procedimiento de origen : JUICIO VERBAL 0000429 /2008
RECURRENTE : Bárbara
Procurador/a : MARIA PARDO VALDES
Letrado/a :
RECURRIDO/A : Mariano
Procurador/a : VICTORINO REGUEIRO MUÑOZ
Letrado/a :
Ilmos. Sres. Magistrados:
ANGEL PANTÍN REIGADA, PRESIDENTE
JOSÉ GÓMEZ REY
BERNARDINO VARELA GÓMEZ
AUTO NÚM. 171/08
En SANTIAGO DE COMPOSTELA a 28 de Noviembre de dos mil ocho..
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 6 de la Audiencia Provincial de LA CORUÑA, con sede en SANTIAGO, los Autos de JUICIO VERBAL 0000429 /2008, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 2 de SANTIAGO DE COMPOSTELA, a los que ha correspondido el Rollo 439 /2008, en los que aparece como parte apelante Dª. Bárbara representada por la procuradora Dª. MARIA PARDO VALDES, y como apelado D. Mariano representado por el procurador D. VICTORINO REGUEIRO MUÑOZ,; y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. BERNARDINO VARELA GÓMEZ, quien expresa el parecer de la Sala en los siguientes Hechos, Razonamientos Jurídicos y Parte Dispositiva. HECHOS
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO., por el mismo se dictó Auto con fecha 7 de Julio de 2008, cuya Parte Dispositiva es del tenor literal siguiente: "
Decido la integra estimación del recurso de reposición deducido en fecha 17-6-2008 por D. Mariano representado por la Procuradora Sra. REGUEIRO MÚÑOZ y asistido de letrado frente al Auto de fecha 23-5-2008 acordando el archivo de este proceso debiendo la parte actora promover demanda de juicio ordinario. La íntegra estimación del recurso justifica la imposición a la parte actora de las costas causadas en su tramitación. "
Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de se interpuso recurso de apelación y cumplidos los trámites correspondientes, se remitieron los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO del mismo el pasado día 5 DE NOVIEMBRE DE 2008, en que ha tenido lugar lo acordado.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Contra el auto de 7 de julio de 2008, dictado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de los de Santiago de Compostela, A Coruña, en el juicio verbal nº 429-2008, en virtud del cual se estimó la reposición formulada contra otro de 23 de mayo de 2008, y se acordó el archivo del proceso, debiendo la actora promover demanda de juicio ordinario, con imposición de costas, viene en apelación, interesando su revocación y que en su lugar se dicte otro por el que se deje sin efecto el archivo acordado.
El recurso debe ser estimado, puesto que aunque efectivamente la actora haya errado al interponer demanda de...
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AAP Granada 83/2009, 29 de Mayo de 2009
...por la continuación del procedimiento por el cauce del juicio ordinario, siguiendo este mismo criterio el Auto de la Audiencia Provincial de La Coruña de 28 de noviembre de 2008, procede estimar el recurso de apelación, teniendo en cuenta en este caso que nos encontramos ante una demanda qu......