AAP Las Palmas 149/2008, 10 de Junio de 2008

PonenteRICARDO MOYANO GARCIA
ECLIES:APGC:2008:1296A
Número de Recurso940/2007
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución149/2008
Fecha de Resolución10 de Junio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 3ª

AUTO

Iltmos. Sres.

Presidente:

D./Dª. Ricardo Moyano García (Ponente)

Magistrados:

D./Dª. Ildefonso Quesada Padrón

D./Dª. José Antonio Morales Mateo

En Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de junio de 2008 .

AUTO APELADO DE FECHA: 28 de abril de 2007

APELANTE QUE SOLICITA LA REVOCACIÓN: D./Dña. Motorauto Leon S.R.L

VISTO, ante la AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN TERCERA, el recurso de apelación admitido a la parte demandante, en

los reseñados autos, contra el auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia de fecha 28 de abril de 2007 seguidos a

instancia de D./Dña. Motorauto Leon S.R.L representado por el Procurador D./Dña. Jose A. De La Cueva Lang-lenton y dirigido

por el Letrado D./Dña. Jorge Lopez Soler, contra D./Dña. Marisol representado por el Procurador D./ Dña.

Jorge Cantero Brosa y dirigido por el Letrado D./Dña. Maria Luisa Estevez Gonzalez .

HECHOS
PRIMERO

Por el Sr. Magistrado-Juez del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de SANTA MARIA DE GUIA DE GRAN CA, se dictó Auto en el referido procedimiento cuya parte dispositiva, copiada literalmente dice así: Se desestima la oposición a la ejecución formulada por la representación procesal de la entidad ejecutada "Motorauto Leon SRL" ordenando la continuación de la ejecución por la cantidad presupuestada para intereses y costas, devengados aquéllos desde la interpelación judicial, el 26 de Mayo de 2.003, con imposición de costas a la parte ejecutada.

SEGUNDO

El relacionado auto, se recurrió en apelación por la indicada parte de conformidad a lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil

, y no habiéndose practicado prueba en esta segunda instancia, y tras darle la tramitación oportuna se señaló para su estudio, votación y fallo el día 4 de Junio de 2.008 .

TERCERO

Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es Ponente de la sentencia el Iltmo. Sr./Sra. D./Dña. Ricardo Moyano García, quien expresa el parecer de la Sala.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La oposición a la ejecución se fundó, por parte del ahora apelante, en que consignó el principal por el que se despachó ejecución antes de ser notificado del auto que admitió dicho despacho ejecutivo, por lo que tendría que ser estimada la oposición a la ejecución con costas de la misma a la parte ejecutante.

Evidentemente, la oposición no puede prosperar y el apelante introduce una confusión de conceptos. El incidente de oposición a la ejecución de títulos judiciales del art. 556 de la LEC tiene como...

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