SAP Málaga 505/2008, 24 de Octubre de 2008

PonenteJOSE GODINO IZQUIERDO
ECLIES:APMA:2008:3194
Número de Recurso191/2008
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución505/2008
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA. SECCION PRIMERA

ROLLO DE APELACION Nº 191 DE 2008.

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 3 DE ANTEQUERA.

JUICIO DE FALTAS Nº 27 DE 2008.

S E N T E N C I A Nº. 505

En la ciudad de Málaga, a veinticuatro de Octubre de dos mil ocho.

Vistos en grado de apelación, por la Sala Primera de esta Audiencia Provincial, constituida por un solo Magistrado, el Iltmo. D. JOSE GODINO IZQUIERDO, los presentes autos de juicio de faltas seguidos en el Juzgado de Instrucción nº. 3 de Antequera, con el nº. 27/08, siendo parte el Ministerio Fiscal; como apelantes Elias y Covadonga, con la asistencia de la Letrado Sra. Jiménez Cabanillas; constando debidamente acreditadas en autos las circunstancias personales de las partes.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el mencionado Juzgado de Instrucción y con fecha 9 de Abril de 2008 se dictó sentencia cuyo antecedente de hechos probados y fallo son del tenor literal siguiente: " HECHOS PROBADOS: Que el día 5 de Abril de 2008, en la puerta de la calle San Sebastián nº 71 de Campillos (Málaga), Elias y Norberto

, se enzarzaron en una pelea golpeándose mutuamente. Durante la misma Elias le dijo a Norberto "NO VAS A DISFRUTAR DE LA CASA, PORQUE TE VOY A QUEMAR EL GARITO". En la pelea Covadonga y Berta intervinieron para separarlos recibiendo igualmente golpes. Como consecuencia de ello los cuatro sufrieron lesiones, por las que recibieron primera asistencia sin tratamiento médico: Elias tardó en curar 3 días, 1 de los cuales permaneció impedido para sus ocupaciones habituales. Covadonga tardó en curar 5 días, 1 de ellos impedida para sus ocupaciones habituales. Norberto tardó en curar 5 días, 1 impeditivo. Y Berta 7 días de curación, 4 de los cuales impedida para sus ocupaciones habituales... FALLO: QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a Elias como autor de la falta antes mencionada a la pena de un mes de multa con cuota diaria de CINCO euros (150 #), y responsabilidad personal y subsidiaria en caso de impago a determinar en ejecución de sentencia. Y a indemnizar a Norberto en la cantidad de 100 euros y a Berta en la cantidad de 250 euros y al pago de las costas procesales derivadas de dicha falta. QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a Elias como autor de la falta de amenazas leves antes señalada a la de multa de 10 días con cuota diaria de 5 euros por cada una de ellas (50 #), y...

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