SAP Ávila 133/2012, 12 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución133/2012
Fecha12 Junio 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

AVILA

SENTENCIA: 00133/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de AVILA

Domicilio: PL/ DE LA SANTA NÚM 2

Telf: 920-21.11.23

Fax: 920-25.19.57

Modelo: N54550

N.I.G.: 05019 37 2 2012 0101039

ROLLO: APELACION JUICIO DE FALTAS 0000083 /2012

Juzgado procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de AREVALO

Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0000104 /2011

RECURRENTE: Adelaida

Procurador/a: JESUS JAVIER GARCIA CRUCES GONZALEZ

Letrado/a: JAVIER LUIS JIMENEZ

RECURRIDO/A: Estela

Procurador/a: AURORA ASUNCION PAJARES POZO

Letrado/a: PILAR IGLESIAS ORGAZ

Este Tribunal unipersonal compuesto por el Magistrado de esta Audiencia, Iltmo. D. MIGUEL ANGEL CALLEJO SÁNCHEZ, ha pronunciado en

NO MBRE DEL REY

la siguiente:

SENTENCIA NÚMERO 133/2012

En la ciudad de Avila, a doce de junio de dos mil doce.

Vistos en grado de apelación los autos de Juicio de Faltas nº 104/2011 procedentes del Juzgado de Instrucción de Arévalo siendo parte apelante Adelaida y parte apelada Estela .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 1/2/2012, el Juzgado de Instrucción dictó sentencia declarando probados los siguientes hechos: "Doña Adelaida y Doña Estela son vecinas de la localidad de Narros de Saldueña y mantienen una mala relación". Y cuyo fallo dice lo siguiente: "Debo absolver y absuelvo a Dª. Estela de la falta de amenazas tipificada en el art 620.2 del Código Penal de la que venía siendo inculpada, sin especial pronunciamiento en cuanto a costas.

SEGUNDO

Contra la expresada Sentencia interpuso recurso de apelación Adelaida . TERCERO.- En la tramitación del presente recurso se ha observado las prescripciones legales. HECHOS PROBADOS

UNICO.- Se aceptan los de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por Adelaida se interpuso recurso de apelación contra la sentencia de fecha 1/2/2012 del Juzgado de Instrucción de Arévalo (Avila) alegando error en la valoración de la prueba ya que la denunciada le dijo "que como se le ocurriera volver a estacionar el vehículo se iban a atener a las consecuencias de lo que iba a hacer al coche" "te voy a quemar a ti y a tu familia", y señalando que han venido tenido problemas judiciales por una vivienda.

También refiere error en la valoración de la prueba y que se han practicado cuatro periciales: certificado medico oficial; informe pericial de la psicóloga Tania ; informe del médico forense del Juzgado; e, informe del equipo psicosocial.

Del mismo modo dice que existe error en la valoración judicial de la prueba testifical psicológica; y, evidentes contradicciones no valoradas.

Solicita se dicte sentencia por la que se acuerde condenar a la denunciada Doña Estela por una falta de amenazas y vejaciones, así como una falta de lesiones de los artículos 620.2 y 617 del Código Penal,...

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