SAP Baleares 162/2012, 18 de Junio de 2012
Ponente | IRENE NADAL GOMEZ |
ECLI | ES:APIB:2012:1447 |
Número de Recurso | 121/2012 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 162/2012 |
Fecha de Resolución | 18 de Junio de 2012 |
Emisor | Audiencia Provincial - Baleares, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE PALMA DE MALLORCA
Sección 2
Rollo : 121/12
Órgano Procedencia : JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 DE MAHÓN
Proc. Origen : PROCEDIMIENTO ABREVIADO 152/11
SENTENCIA Nº 162/12
ILMOS SRES MAGISTRADOS
D. EDUARDO CALDERÓN SUSIN
D. DIEGO GOMEZ REINO DELGADO
Dª IRENE NADAL GÓMEZ
En PALMA DE MALLORCA a 18 de junio de dos mil doce.
La AUDIENCIA PROVINCIAL DE PALMA DE MALLORCA, Sección Segunda, compuesta por el Ilmo. Sr. Presidente D. EDUARDO CALDERÓN SUSIN y los Ilmos. Sres. Magistrados D. DIEGO GOMEZ REINO DELGADO y Dª IRENE NADAL GÓMEZ, ha entendido en la causa registrada como Rollo nº 121/12, en trámite de APELACIÓN contra la Sentencia nº 166/11 de fecha 26/01/12, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Mahón, en base a los siguientes:
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-/ En la causa registrada ante el mencionado Juzgado y con la fecha indicada, recayó Sentencia cuya parte dispositiva dice:
Que debo CONDENAR Y CONDENO a Alfonso como autor responsable de un DELITO DE ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS, ejecutado en grado de tentativa, previsto y penado en los artículos 237, 238-2 º y 240, en relación con los arts. 16 y 62, todos ellos del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN, con la accesoria legal de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como al pago de las costas procesales causadas en esta instancia.
Para el cumplimiento de la pena impuesta será de abono al acusado el tiempo de privación de libertad preventivamente sufrido por razón de esta causa.
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-/ Contra la meritada sentencia se interpuso recurso de apelación por D. Alfonso alegando ERROR EN LA APRECIACIÓN DE LA PRUEBA, actuando como Procurador en su representación Dña. Mª Rosa de Blas Pérez, con asistencia Letrada de D. José Seguí Díaz; siendo parte apelada: el Ministerio Fiscal.
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-/ Producida la admisión del recurso por entenderse interpuesto en tiempo y forma, se confirió el oportuno traslado del mismo a las restantes partes que fue utilizado para su impugnación por el Ministerio Fiscal. Remitidas, y recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial se verificó reparto con arreglo a las disposiciones establecidas para esta Sección Segunda, señalándose para la deliberación, quedando la causa pendiente de resolución.
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-/ En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, expresando el parecer de la Sala como Magistrado Ponente S.Sª. Ilma. Dª IRENE NADAL GÓMEZ
HECHOS PROBADOS
Devuelto el conocimiento pleno de lo actuado a esta Sala, se declaran como probados los mismos de la sentencia impugnada.
Entiende la representación del recurrente que se ha producido error en la valoración de la prueba por parte del...
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