SAP Zamora 78/2012, 28 de Junio de 2012

PonentePEDRO JESUS GARCIA GARZON
ECLIES:APZA:2012:195
Número de Recurso52/2012
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución78/2012
Fecha de Resolución28 de Junio de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Zamora, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

ZAMORA

SENTENCIA: 00078/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL

ZAMORA

------------- Rollo nº : 52/2012

J. Faltas nº : 169/2011

Procedencia: Juzgado de Instrucción nº 3 de Zamora

sentencia nº 78

En la ciudad de Zamora a 28 de junio de 2012.

VISTOS por el Ilmo. Sr. D. PEDRO JESÚS GARCÍA GARZÓN, Magistrado de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos del Juicio Verbal de Faltas nº 169/2011, seguido por una falta de Lesiones, procedentes del Juzgado de Instrucción nº 3 de Zamora, en virtud del recurso interpuesto por María Rosario, siendo apelados Custodia y el Ministerio Fiscal, y

antecedentes de hecho
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Zamora se dictó sentencia con fecha 25/1/2012 y en la que se declara probado que: "PRIMERO.- Ha sido probado y así se declara que el día 9 de agosto de 2011 se produjo una discusión en el interior de la oficina entre María Rosario empleada de la oficina y Custodia quien se personó en la oficina con motivo parece ser de los daños causados en su vehículo por aquella de forma intencionada, en el curso de la cual se amenazaron e insultaron comenzando una pelea en la que ambas se golpearon mutuamente. SEGUNDO.- Como consecuencia de dicho incidente Custodia sufrió erosiones en ambos antebrazos que requirieron una mera asistencia facultativa, empleando en su curación 4 días no impeditivos. Por su parte María Rosario sufrió erosión en cara medial de muslo izquierdo y ansiedad, que requirió una mera asistencia facultativa empleando en su curación 4 días no impeditivos".

SEGUNDO

En la parte dispositiva de la citada sentencia se contiene el siguiente pronunciamiento: "1.- Que debo condenar y condeno a Custodia como autora de una falta de lesiones, a la pena de multa de un mes de multa, a razón de 4 euros, esto es 120, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, y a que indemnice a María Rosario, en la cantidad de 120, por las lesiones sufridas, y al pago de la mitad de las costas procesales. 2.- Que debo condenar y condeno a María Rosario como autora de una falta de lesiones, a la pena de multa de un mes, a razón de 4 euros, esto es 120 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, y a que indemnice a Custodia en la cantidad de 120 euros, por las lesiones sufridas, y al pago de la mitad de las costas procesales".

TERCERO

Contra dicha resolución se recurrió por la representación procesal de María Rosario, en base a las alegaciones que constan en su escrito de...

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