SAP Valencia 416/2012, 11 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha11 Junio 2012
Número de resolución416/2012

ROLLO Nº 000446/2012

SECCIÓN 10ª

SENTENCIA nº.416/12

SECCIÓN DÉCIMA:

Ilustrísimos Sres.:

Presidente:

JOSE ENRIQUE DE MOTTA GARCIA ESPAÑA

Magistrados/as:

DÑA. MARIA PILAR MANZANA LAGUARDA

D. CARLOS ESPARZA OLCINA

En Valencia, a once de junio de dos mil doce

Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Divorcio contencioso nº 000155/2011, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE ALZIRA, entre partes, de una como demandante-apelante, Jose Luis representado por el Procurador D./Dª ROCIO CUÑAT TORMO y defendido por el Letrado ANGEL SANCHIS PALAZON y de otra como demandado-apelado, Marisa, representada por el Procurador D EVA GARCIA ANTICH y defendido por el Letrado D/Dª JUAN J. SERRANO FELGUERA. Y siendo parte el Ministerio Fiscal.

Es ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. CARLOS ESPARZA OLCINA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE ALZIRA, en fecha 13.02.12, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:

"Estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador D. Manuel Sayol en nombre y representación de Jose Luis contra Marisa, y estimando íntegramente la demanda acumulada presentada por la Procuradora Eva García en nombre y representación de Marisa contra Jose Luis, debo acordar y acuerdo el divorcio vincular entre Jose Luis y Marisa, acordando las siguientes medidas:

La menor Marta convivirá con Marisa, siendo ejercida de forma conjunta la patria potestad.

Se establece el siguiente régimen de comunicación y estancias de la menor Marta con su padre Jose Luis, el padre podrá disfrutar de la compañía de su hija menor los fines de semanas alternos desde el viernes a la salida del Colegio de la menor Marta hasta el domingo a las 20 horas en que será reintegrada al domicilio maternos, y un día entresmemana que en defecto de acuerdo entre las partes será el miércoles. Además, podrá estar con su hija la mitad de las vacaciones escolares, eligiendo en caso de desacuerdo la madre en los años pares y el padre en los años impares. El progenitor no custodio abonará en concepto de pensión de alimentos a favor de cada uno de los hijos la cantidad de 275 euros al mes, cantidad que se actualizará anualmente conforme al IPC publicado por el INE u organismo que le sustituya. Cantidad que se abonará en los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que a tal efecto designe la esposa. Los gastos extraordinarios serán abonados por mitad entre ambos progenitores.

Se atribuye a Marisa el uso del domicilio conyugal, hasta la liquidación de la sociedad de gananciales. Atribuyéndose a Jose Luis sito en Alzira, en DIRECCION000 NUM000, hasta la liquidación de la sociedad de gananciales.

Se abonará por mitad el préstamo hipotecario que pesa sobre la vivienda conyugal.

No se hace expresa imposición de las costas causadas en esta instancia."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia por la representación procesal de la parte demandante se interpuso recurso de apelación, y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación a la sentencia se remitieron los autos a esta Secretaría donde se formó el oportuno rollo, señalándose el día de hoy para la deliberación,...

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