SAP Granada 307/2012, 6 de Julio de 2012
Ponente | MOISES LAZUEN ALCON |
ECLI | ES:APGR:2012:516 |
Número de Recurso | 123/2012 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 307/2012 |
Fecha de Resolución | 6 de Julio de 2012 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA
SECCION CUARTA
ROLLO Nº 123/12
JUZGADO GRANADA 11
VERBAL Nº 123/11
PONENTE SR. D. MOISÉS LAZÚEN ALCÓN
SENTENCIA NÚM. 307
ILTMOS. SEÑORES:
PRESIDENTE
D. ANTONIO GALLO ERENA
MAGISTRADOS
D. MOISÉS LAZÚEN ALCÓN
D. JUAN FRANCISCO RUIZ RICO RUIZ
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En la ciudad de Granada a seis de julio de dos mil doce. La Sección Cuarta de esta Iltma. Audiencia Provincial, ha visto, en grado de apelación los precedentes autos de juicio verbal 123/11, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número 11 de Granada, en virtud de demanda de CÍA. DE SEGUROS ALLIANZ, representado en esta instancia por el Procurador/a Sr/a Carvajal Ballesteros, contra HELVETIA SEGUROS representado por el Procurador/a Sr/a Rubio Paves, en esta alzada y CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS, representado por la Letrada Sra. Prieto Hermoso en esta alzada.
Aceptando como relación los "Antecedentes de Hecho" de la sentencia apelada, y
La referida sentencia, fechada en 6 de julio de 2011, contiene el siguiente fallo: "Condeno al Consorcio de Compensación de Seguros a que indemnice a "ALLIANZ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A.", con MIL CUARENTA EUROS Y CINCUENTA CÉNTIMOS, más el interés legal devengado desde la fecha de presentación de la demanda, y la mitad de las de las costas causadas; y absuelvo a "HELVETIA COMPAÑÍA SUIZA S.A." de los pedimentos deducidos en su contra".
Sustanciado y seguido el presente recurso, por sus tramites ante esta Iltma. Audiencia Provincial, en virtud de apelación interpuesta por la parte demandada Consorcio C.S., por escrito y ante el Órgano que dictó la sentencia; de dicho recurso se dio traslado a demás partes, para su oposición o impugnación; tras ello se elevaron las actuaciones a este Tribunal, señalándose día para su Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.
Han sido observadas las prescripciones legales de trámite. Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. MOISÉS LAZÚEN ALCÓN.
Frente a la sentencia, dictada en 6-7-11, por el Juzgado de Iª Instancia nº 11 de Granada, en Juicio Verbal 123/11, seguido por demanda de Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros SA, frente a Helvetia Compañía Suiza SA, en reclamación de cantidad de 1040'50 #, se interpuso por la representación del Consorcio de Compensación de Seguros recurso de apelación, que ha originado el Rollo 123/12, de esta Sala, que resolvemos, habiéndose, de forma subsidiaria, impugnado la sentencia por Allianz SA.
De la prueba practicada ha quedado acreditado que en 12-11-09 Dª Constanza, propietaria del vehículo matrícula .... QGW, tenía estacionado el mismo, en doble fila, en la Avda. Blas de Otero, de Maracena, cuando el conductor de la furgoneta .... DFP, que realizaba maniobra de marcha atrás, colisionó con el turismo, provocándole daños en la puerta trasera derecha que implicaron un coste de reparación de 1040'50 #, abonados por Allianz SA a la Sra. Constanza, asegurada de dicha compañía. El conductor de la furgoneta que se dio a la fuga, no había abonado la segunda fracción de la prima anual del seguro concertado con la aseguradora demandada, por lo que esta aseguradora estimó resuelto el contrato y comunicó al FIVA la baja en octubre de 2009.
Como es sabido, la Ley de Contrato de Seguro, en su art. 15-1 º, presume que el...
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