SAP Lugo 489/2012, 14 de Septiembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución489/2012
Fecha14 Septiembre 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LUGO

SENTENCIA: 00489/2012

Iltmos. Sres.

D. JOSE ANTONIO VARELA AGRELO

D. JOSE MARIA MORENO MONTERO

D. JOSE MARIA MORENO MONTERO, suplente

Lugo, catorce de septiembre de dos mil doce.

Visto en grado de apelación ante esta Sección 001, de la Audiencia Provincial de LUGO, los Autos de PROCEDIMIENTOORDINARIO 0000272 /2011, procedentes del XDO. 1A INSTANCIA N.4de LUGO, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DEAPELACION (LECN) 0000169 /2012, en los que aparece como parte apelante, D. Carlos María, representado por el Procurador de los tribunales, Sra. Rodil Martínez, asistido por el Letrado Sr. Platero Gallego, como parte apelante-apelada D. Juan Miguel, representado por la Procuradora Sra. Cendán Fernández-Peinado y asistido del Letrado Sr. Lucas Olmedo y como parte apelada, HOUSTONCASUALTY COMPANY EUROPE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. (HCCEUROPE)

, representado por el Procurador de los tribunales, Sr. Mourelo Caldas, asistido por el Letrado Sr. Labrador Labrador, sobre reclamación de cantidad, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSE ANTONIO VARELA AGRELO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 13 de diciembre de 2011, el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Lugo, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Estimando parcialmente la demanda interpuesta por el procurador don José Angel Pardo Paz, se condena a don Juan Miguel a que abone a don Carlos María la suma de veinticuatro mil euros (24.000 #) más el interés de dicha cantidad calculado conforme al fundamento jurídico noveno. Se absuelve a "Houston Casualty Company Europe Seguros y Reaseguros

S.A" (HCC EUROPE) de las pretensiones contenidas en la demanda. No se efectúa pronunciamiento sobre las costas causadas en el procedimiento".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por el demandante D. Carlos María, y el apelado D. Juan Miguel, teniéndose por preparado el mismo y cumplidos los trámites del art. 458 y siguientes de la L.E.C . 1/2000 se elevaron los autos a la Audiencia Provincial para la resolución procedente, correspondiendo por turno de reparto a esta Sección Primera.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada con la única modificación que se dirá

PRIMERO

Consiste la contienda en la reclamación de responsabilidad civil profesional contra un letrado por el no ejercicio de la acción civil derivada de un accidente de tráfico, tras la sentencia penal absolutoria en la que había efectuado reserva de acciones civiles.

La sentencia de instancia estima la pretensión actora y contra esta decisión judicial se plantean sendos recursos de apelación, por el demandado y por el co-demandado ante la absolución de la Cía Aseguradora co-demandada.

SEGUNDO

El visionado del video permite a la Sala compartir en lo sustancial la valoración probatoria efectuada con mejor inmediación por el juzgador "a...

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