SAP Barcelona 187/2012, 9 de Mayo de 2012

PonenteJORDI LLUIS FORGAS FOLCH
ECLIES:APB:2012:9854
Número de Recurso78/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución187/2012
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN DÉCIMO-QUINTA

ROLLO núm. 78/2012 - 3ª

Procedimiento Verbal núm. 861/2010

Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona

SENTENCIA Núm. 187/2012

Ilustrísimos Señores Magistrados:

D. JUAN FRANCISCO GARNICA MARTÍN

D. LUÍS GARRIDO ESPA

D. JORDI LLUÍS FORGAS FOLCH

En la Ciudad de Barcelona, a nueve de mayo dos mil doce.

Vistos, en grado de apelación, ante la Sección Quince de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Verbal número 861/2010, seguidos ante el Juzgado Mercantil número Cinco de Barcelona a demanda de Catalina contra ALITALIA, S.P.A. los cuales penden ante esta Superioridad en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la Sentencia de veinte de mayo de dos mil once dictada por dicho Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor siguiente: "Se desestima la demanda formulada por Catalina contra ALITALIA SPA y se imponen las costas de la primera instancia a la parte demandante."

SEGUNDO

Comparecieron en esta alzada, en calidad de parte apelante, la referida parte demandante representada por el Procurador de los Tribunales D Jorge Xipell Suazo y asistida por Letrado y como parte apelada la parte demandada representada por el Procurador de los Tribunales D Ángel Quemada Quatrecasas y defendida por Letrado.

Para la vista del recurso se señaló la audiencia del día veinticinco de abril de dos mil doce. Es ponente el Ilustrísimo Señor Magistrado D. JORDI LLUÍS FORGAS FOLCH.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la demanda que Catalina formuló contra ALITALIA, S.P.A. reclamó 3.689,84 euros por denegación de embarque del vuelo Barcelona- Roma (Fiumicino)-Caracas. En esa demanda la citada actora relata que compró los billetes de ida (prevista para el día 12 de noviembre de2009) y vuelta (para el día 29 de noviembre de 2009) para ese viaje a la agencia de viajes Ruta Viajes Aventura. Añade en el escrito de demanda que, al intentar el embarque en la vuelta del viaje, la transportista aérea demandada denegó en el aeropuerto de Caracas el embarque al hijo de la actora y menor de edad, Antonio, porque no cumplía los requisitos administrativos en el aeropuerto de tránsito Fiumicino (Roma). Los importes que reclama a ALITALIA, S.P.A. son: 495 euros en concepto de la mitad de los billetes de ida y vuelta; 1.194,84 euros por la compra de otros dos billetes de regreso de Caracas a Barcelona y 2.000 euros en concepto de daños y perjuicios sufridos.

SEGUNDO

La sentencia de la primera instancia desestimó la demanda que formuló Catalina contra ALITALIA, S.P.A. al entender que la denegación de embarque, por carecer del oportuno visado para el tránsito en el aeropuerto italiano, solo vino motivada por la negligencia de la propia parte actora de no cerciorarse de la necesidad de ese importante requisito. Frente a ese pronunciamiento se alza la parte demandante para interesar, con su recurso, su revocación.

TERCERO

Se ha acreditado que la demandante y su hijo son de nacionalidad peruana, uno de ellos con tarjeta de residencia (en España) en vigor (la actora) y el otro (su hijo menor de ocho años de edad en el momento de los hechos) con la tarjeta de residencia caducada. En el aeropuerto de Caracas la denegación de embarque se justificó porque, aunque los pasajeros llevaban una autorización de regreso a España, esta documentación no es suficiente para viajar en tránsito a Italia sino sólo cuando se hace el vuelo directo a España.

Del oficio remitido por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, como de la documentación emitida por el Consulado General de Italia en Barcelona y la remitida también por el Ministerio del Interior de Italia se colige que, aun cuando exista una autorización de regreso, los ciudadanos de terceros países están sujetos a la obligación de conseguir el visado para su paso o tránsito en los Estados Schengen y/o tener el permiso de...

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