SAP Orense 356/2012, 19 de Septiembre de 2012
Ponente | JOSEFA OTERO SEIVANE |
ECLI | ES:APOU:2012:705 |
Número de Recurso | 77/2012 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 356/2012 |
Fecha de Resolución | 19 de Septiembre de 2012 |
Emisor | Audiencia Provincial - Orense, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
OURENSE
SENTENCIA: 00356/2012
APELACIÓN CIVIL
La Audiencia Provincial de Ourense, constituida por la Ilma. Sra. Magistrada Dª Josefa Otero Seivane, ha pronunciado, en nombre de S.M. El Rey, la siguiente
S E N T E N C I A NÚM. 356/12
En la ciudad de Ourense a diecinueve de septiembre de dos mil doce.
VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de juicio verbal 161/11 procedentes del Juzgado de 1ª Instancia 1 de O Carballiño, rollo de apelación 77/12, entre partes, como apelante, Tecor Societario A Goberna-Regueiro, representado por la procuradora Dª María Jesús Santana Penín, bajo la dirección de la letrada Dª Pilar Cortiñas Lorenzana, y, como apelados,
D. Augusto y Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros SA, representados por la procuradora Dª Lourdes Lorenzo Ribagorda, bajo la dirección del abogado D. Luis Brea Sanmartín.
El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción 1 de O Carballiño dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 13 de octubre de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO : Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el procurador Sr. García López en nombre y representación de D. Augusto y la Cía. Aseguradora Allianz, frente al demandado Tecor A Goberna-Regueiro, y en dicha razón, condenar a éste último a que abone al codemandante Don Augusto la cantidad de cuatrocientos cincuenta euros (450 euros), mientras que a la Cía. Allianz han de serle abonados los restantes mil doscientos noventa y nueve euros con ocho céntimos (1.299,08 euros), sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales causadas".
Notificada la anterior sentencia a las partes, la representación procesal de Tecor Societario A Goberna-Regueiro interpuso recurso de apelación en ambos efectos, y, seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.
En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.
Se ejercita en el escrito rector acción por culpa extracontractual a fin de obtener el resarcimiento de los daños sufridos por el vehículo propiedad del codemandante Sr. Augusto el día 7 de julio de 2010, cuando circulaba por la carretera OU-415, debido al impacto contra un jabalí que irrumpió en la calzada procedente del TECOR cuyos derechos cinegéticos explota la sociedad demandada. La sentencia apelada estima en su integridad la pretensión apreciando falta de conservación del terreno acotado por parte de la sociedad demandada. Esta interpone recurso en solicitud de que se rechace la demanda. Los apelados oponen como cuestión cuyo análisis ha de efectuarse en primer lugar, por razones sistemáticas, la inadmisibilidad del recurso, en virtud de lo dispuesto en el artículo 455.1 LEC, en la redacción introducida por la ley 37/2011 de 10 de octubre, por tratarse de resolución no susceptible de apelación al ser la cuantía litigiosa inferior a 3.000 euros.
La alegación no es admisible. La sentencia apelada se dictó el 13 de octubre de 2011, antes del 31 del mismo mes en que se produjo la entrada en vigor de la ley 37/2011 que, en consecuencia, no es de aplicación. Debe estarse a la fecha de la sentencia y no a la de su notificación, frente a lo razonado por la parte apelada. En...
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