SAP Murcia 759/2012, 22 de Noviembre de 2012

PonenteCARLOS MORENO MILLAN
ECLIES:APMU:2012:2949
Número de Recurso629/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución759/2012
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00759/2012

Rollo Apelación Civil nº: 629/12

Ilmos. Sres.

Don Carlos Moreno Millán.

Presidente

Don Juan Martínez Pérez

Don Francisco José Carrillo Vinader

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a veintidós de noviembre de dos mil doce.

Esta Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Murcia ha visto en grado de apelación los presentes autos de Juicio de Incidente Concursal que con el número 81/09 se han tramitado en el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia entre las partes, como actora y ahora apelante, el Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, representado por la Procuradora Sra. Mercader Roca y dirigido por los Servicios Jurídicos Municipales de dicho ayuntamiento; y como parte demandada, la Administración Concursal de la concursada "Hormigones Plaza y Saura" S.L., dirigida por el Letrado Sr. Vigueras Miralles. Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Carlos Moreno Millán que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo mercantil citado dictó sentencia en estos autos con fecha 20 de julio de 2011 cuyo Fallo es del siguiente tenor literal: FALLO: "ESTIMO parcialmente la demanda incidental formulada por la Procuradora Sra. Mercader Roca y DECLARO que debe incluirse en la lista definitiva elaborada por la administración concursal, un crédito a favor de la actora, con la calificación de crédito contra la masa, por importe de trece mil quinientos diez con ochenta y un céntimo de euro (13.510,81 euros), sin costas".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora que basó en infracción del artº. 86.2 de la Ley Concursal y artículos 94 y 96 del Real Decreto Legislativo 2/2004 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, solicitando la aportación de prueba documental. Se dio traslado a la otra parte que se opuso al mismo, así como a la petición de prueba.

TERCERO

Previo emplazamiento de las partes, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, en cuya Sección Cuarta se registraron con el número de Rollo 629/12. Por Auto de 24 de septiembre de 2012, se desestimó la solicitud de prueba y se señaló para votación y fallo el día 21 de noviembre de 2012.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia dictada en la instancia estima parcialmente la demanda de incidente concursal ejercitada por el Excmo. Ayuntamiento de Cartagena contra la Administración Concursal de la concursada "Hormigones Plazas y Saura" S.L., tendente al reconocimiento como crédito contra la masa, por el concepto del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M.) las liquidaciones del mismo correspondientes al período 2011 por importe de 18.199,61 #.

La citada sentencia excluye de tal reconocimiento de crédito aquellas liquidaciones correspondientes a los vehículos de la concursada que la Administración Concursal había vendido mediante autorización judicial en el año 2010, cuyo importe asciende a la cantidad de 4.688,80 #, quedando concretado por tanto el citado crédito en 13.510,81 #.

La referida parte demandante discrepa de dicho pronunciamiento judicial alegando como motivos de recurso, de un lado, la infracción del artº. 86.2 que obliga a la Administración Concursal al reconocimiento forzoso como crédito contra la masa de aquellos créditos comunicados mediante certificación administrativa de deuda. Asimismo se alega la infracción de los artículos 94 y 96 del Real Decreto legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales que establece como sujetos pasivos del I.V.T.M., las personas físicas o jurídicas a cuyo nombre conste el vehículo en el permiso de circulación.

SEGUNDO

Concretadas en los indicados términos las cuestiones...

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