SAP Madrid 450/2012, 28 de Diciembre de 2012
Ponente | MARIO PESTANA PEREZ |
ECLI | ES:APM:2012:21720 |
Número de Recurso | 272/2012 |
Procedimiento | APELACION JUICIO DE FALTAS |
Número de Resolución | 450/2012 |
Fecha de Resolución | 28 de Diciembre de 2012 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª |
Juicio de Faltas nº 434/09
Juzgado de Instrucción nº 4 de Torrejón de Ardoz
Rollo de Sala nº 272/12
MARIO PESTANA PÉREZ
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado en el nombre de SU MAJESTAD EL REY la siguiente:
S E N T E N C I A Nº 450/2012
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID /
ILMO. SR. DE LA SECCIÓN CUARTA /
MAGISTRADO /
D. MARIO PESTANA PÉREZ /
__________________________________/
En Madrid, a veintiocho de diciembre de dos mil doce.
Visto en segunda instancia por el Ilmo. Sr. Magistrado al margen señalado, actuando como Tribunal unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el recurso de apelación contra la sentencia de fecha 8 de junio de 2011 dictada por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Torrejón de Ardoz, en el Juicio de Faltas nº 434/09; habiendo sido partes, de un lado y como apelante, Hilo Directo Seguros y Reaseguros S.A.; y de otro, como apelados, el Ministerio Fiscal, D. Víctor y D. Juan Antonio .
Por escrito presentado el día 28 de junio de 2011 -subsanado ulteriormente mediante
escrito presentado el día 29 de septiembre de ese año-, el Letrado D. Ángel Yaguas Aragoneses, en nombre y representación de Hilo Directo Seguros y Reaseguros S.A., ha formulado recurso de apelación contra la sentencia de fecha 8 de junio de 2011 del Juzgado de Instrucción nº 4 de Torrejón de Ardoz .
El recurso ha sido impugnado por el Ministerio Fiscal y por la representación procesal de D. Víctor .
-
HECHOS PROBADOS
Se aceptan los hechos probados de la sentencia de instancia.
La parte recurrente pretende la revocación parcial de la sentencia apelada, en el sentido de
que se reduzca la indemnización establecida a favor del perjudicado, D. Víctor, por los conceptos de secuelas, inclusión del factor corrector de la incapacidad temporal y por el concepto de incapacidad permanente parcial. La Aseguradora recurrente fue declarada responsable civil directa de las indemnizaciones establecidas a favor del perjudicado y a cargo del condenado penalmente, D. Juan Antonio . Las indemnizaciones fijadas están claramente dentro del ámbito de cobertura cuantitativa del seguro obligatorio de automóviles, extremo no cuestionado por la parte recurrente.
El recurso debe desestimarse. Como se ha razonado en toras resoluciones de esta Sección 4ª, a pesar de que en la última década se han producido varias reformas de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim.), el tratamiento de la legitimación procesal de las entidades aseguradoras cuando las responsabilidades civiles están cubiertas por un seguro obligatorio y dichas entidades solo responden dentro de este ámbito, ha permanecido invariable. Así, el vigente artículo 764.3 LECrim . reduce la intervención del asegurador al afianzamiento de las responsabilidades civiles que puedan declararse, dentro del límite cuantitativo del seguro obligatorio, sin que pueda por tal concepto ser parte en el proceso y sin perjuicio del derecho de defensa en relación con la obligación...
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