SAP Madrid 616/2012, 17 de Diciembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución616/2012
Fecha17 Diciembre 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 13

MADRID

SENTENCIA: 00616/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 13

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91-4933964/6/3909/11 Fax: 91-493.39.10

N.I.G. 28000 1 0001083 /2012

Rollo: RECURSO DE APELACION 65 /2012

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 476 /2010

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 12 de MADRID

De: Salvador

Procurador: SUSANA LINARES GUTIERREZ

Contra: GESTION DE LOSGITICA EDITORIAL S.L.

Procurador: ARGIMIRO VAZQUEZ GUILLEN

Ponente: ILMO. SR. D.JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO

Ilmo. Sr. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ

Ilmo. Sr. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO

SENTENCIA

En Madrid, a diecisiete de diciembre de dos mil doce. La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario sobre Reclamación de Cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelado Gestión de Logística Editorial, S.L. (GELESA), representado por el Procurador D. Argimiro Vázquez Guillén y asistido del Letrado

D. Luis Lledó Ruiz, y de otra, como demandado-apelante D. Salvador, representado por la Procuradora Dª. Susana Linares Gutiérrez y asistido de la Letrada Dª. Angelina Abad Herraiz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 12, de Madrid, en fecha 19 de septiembre de 2011, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Fallo: 1º.- ESTIMO la demanda formulada por la representación de GESTIÓN DE LOGÍSTICA EDITORIAL S.L. contra D. Salvador .

  1. -CONDENO al demandado a que abone a la actora la cantidad de 9.442,99 euros.

  2. - CONDENO a la demandada al pago del interés legal de la suma a la que asciende la condena desde la interpelación judicial.

  3. - CONDENO a la demandada al pago de las costas".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección en fecha veintiséis de enero de 2012, para resolver el recurso.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día doce de diciembre de dos mil doce .

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se admiten los contenidos en la resolución impugnada en cuanto no se opongan a los que

siguen.

SEGUNDO

Por D. Salvador, se interpuso recurso de apelación contra la sentencia dictada en fecha 19 de septiembre de 2011 por el Juzgado de Primera Instancia nº 12 de los de Madrid, que estimó la demanda presentada por GESTIÓN DE LOGÍSTICA EDITORIAL, S.L. (GELESA) contra aquél en reclamación de 9.442,99 #, más los intereses legales correspondientes desde la presentación de la demanda, basando su pretensión en el impago por el demandado de diversos artículos de prensa y revistas para el quiosco del que era titular. Alega la parte apelante, en síntesis, que la sentencia de primera instancia incurre en infracción de normas o garantías procesales al tener por reproducidos documentos indebidamente; infracción de normas o garantías procesales al admitir la juzgadora la aportación en la audiencia previa de documental consistente en CD con grabaciones de voz, que debió aportar con la demanda; infracción de normas o garantías procesales al admitir la juzgadora periciales que no habían sido ni siquiera anunciadas en la demanda; error en la valoración de la prueba; e infracción en la carga de la prueba. Frente a tales alegaciones la representación procesal de la parte apelada se opuso al anterior recurso y solicitó la confirmación de la sentencia apelada con imposición de las costas causadas en esta segunda instancia a la parte recurrente.

TERCERO

Ante la íntegra estimación de la demanda que se contiene en la sentencia de primera instancia, comienza el recurrente alegando que la misma incurre en infracción de normas o garantías procesales al tener por reproducidos documentos aportados junto con la demanda de juicio monitorio y que fueron indebidamente admitidos con infracción de lo dispuesto en el art. 265.1 y 2 y 269.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

Le consta a este Tribunal que el art. 265.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil dispone que a toda demanda o contestación habrán de acompañarse... 1 Los documentos en que las partes funden su derecho a la tutela judicial que pretenden ; y que en su apartado 2 añade que Sólo cuando las partes, al presentar su demanda o contestación, no puedan disponer de los documentos, medios e instrumentos a que se refieren los tres primeros números del apartado anterior, podrán designar el archivo, protocolo o lugar en que se encuentren, o el registro, libro registro, actuaciones...

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