AAP Madrid 39/2013, 23 de Enero de 2013
Ponente | LUCIA MARIA TORROJA RIBERA |
ECLI | ES:APM:2013:323A |
Número de Recurso | 42/2013 |
Procedimiento | APELACION AUTOS |
Número de Resolución | 39/2013 |
Fecha de Resolución | 23 de Enero de 2013 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª |
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AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN 2
APELACIÓN PENAL Nº 42/2013
JDO. DE LO PENAL N. 7 de MADRID
EJECUTORIA nº 577/2012
A U T O Nº 39/2013
Ilmos. Sres. De la Sección Segunda.
PRESIDENTA: Dª LUCÍA MARÍA TORROJA RIBERA
MAGISTRADO: D. LUIS ANTONIO MARTÍNEZ DE SALINAS ALONSO
MAGISTRADA: Dª Mª CRUZ ÁLVARO LÓPEZ
En Madrid a, veintitrés de Enero de dos mil trece.
VISTO, por esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Dª. Bárbara Egido Martín, en representación de Braulio, contra el Auto dictado en el Juzgado de lo Penal nº 7 de Madrid en la Ejecutoria nº 577/2012.
Es ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª LUCÍA MARÍA TORROJA RIBERA, quien expresa el parecer de la Sala.
En el Juzgado de lo Penal nº 7 de Madrid se dictó Auto en la Ejecutoria nº 577/2012 con
fecha 25/04/2012, en cuya parte dispositiva se estipuló:
>"SE SUSPENDE EL POR PLAZO DE 2 AÑOS la ejecución de la pena de 4 MESES Y 16 DIAS DE PRISIÓN, impuesta al penado Braulio, quedando subsistentes los demás pronunciamientos de la sentencia condenatoria.
LA SUSPENSIÓN QUEDA CONDICIONADA a que el referido penado no vuelva a delinquir en el plazo indicado, quedando revocada la suspensión si lo cometiere.
Comuníquese esta resolución al Registro Central de Penados y Rebeldes.
NO HA LUGAR al cumplimiento fraccionado de la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores solicitada por el penado. A tal efecto, cítesele para que comparezca en la sede de este Juzgado el próximo día 09/05/12 a las 11 horas a fin de que haga entrega del permiso de conducir y para notificarle la presente resolución." SEGUNDO.- Por la representación procesal de Braulio se interpuso recurso de apelación contra la citada resolución, admitiéndose el recurso de apelación. TERCERO.- Recibidas que fueron las actuaciones en esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid, se formó el oportuno rollo, señalándose día para deliberación, la que tuvo lugar el día de hoy.
La Procuradora doña Bárbara Egido Martín, actuando en nombre y representación de
Braulio, formuló recurso de apelación contra el auto dictado en el Juzgado de Ejecuciones Penales número 7 de Madrid con fecha 25 de abril de 2012 en la ejecutoria número 577/2012.
Alegaba en su recurso que de ninguna manera se perjudicaría el interés general si se otorgase a su patrocinado el fraccionamiento solicitado, ya que el penado ya lo había sido suficientemente y con contundencia en la sentencia, ha asumido su culpa y llegado a una conformidad, por lo cual se le había impuesto una pena de prisión y de prohibición de la conducción de vehículos a motor, habiéndose suspendido la pena de prisión por considerar que no perjudicaba al interés general.
Por ello, consideraba que no existía ninguna razón para no suspender o fraccionar la prohibición del derecho a conducir vehículos de motor, teniendo en cuenta que el artículo 67 de la ley 19/2001, de 19 de diciembre, sobre tráfico y circulación de vehículos de motor y seguridad vial, contempla esta previsión, pudiendo ser éste un criterio orientador para el ámbito penal.
También indicaba que el cumplimiento de la pena produciría un efecto desocializador a la situación de desempleo (sic), habiendo acreditado el penado documentalmente sus cargas familiares (esposa y tres hijos de muy corta edad), su nómina, horario de autocares y...
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