SAP Pontevedra 14/2013, 16 de Enero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución14/2013
Fecha16 Enero 2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00014/2013

S E N T E N C I A Nº 14/2013

SEÑORES DEL TRIBUNAL

ILUSTRISIMOS SRES

PRESIDENTE

D. ANTONIO JUAN GUTIERREZ R.- MOLDES.

MAGISTRADOS

D. JAIME ESAÍN MANRESA

D. FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS.

En la ciudad de PONTEVEDRA, a dieciséis de enero de dos mil trece.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003, de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000061 /2011, procedentes del XDO.1A.INST.E INSTRUCCION

N.1 de VILAGARCIA DE AROUSA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION-R (LECN) 300/2012, en los que aparece como parte apelante, TALLERES FERNANDEZ GARCIA, representado por el Procurador de los tribunales, Sr. JOSE LUIS GOMEZ FEIJOO, asistido por el Letrado D. FERMIN VARELA CHAVES, y como parte apelada, Carmen, representado por el Procurador de los tribunales, Sra. ENCARNACION FERNANDEZ SANCHEZ, asistido por el Letrado D. DESIREE DOMINGUEZ SOMOZA, siendo el Magistrado Ponente el Ilmo. D. ANTONIO JUAN GUTIERREZ R.- MOLDES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Villagarcía de Arosa, se dictó sentencia de fecha 6 de octubre de 2011, cuya parte dispositiva, dice: "FALLO: Que estimando sustancialmente la demanda presentada a instancia de Carmen, representada por la Procuradora Sra Fernandez Sánchez, contra TALLERES FERNÁNDEZ GARCÍA SL, representada por el Procurador Sr. Gómez Feijoo, debo declarar y declaro resuelto el contrato de compraventa del vehículo Mercedes Benz modelo E270 CDI Advantgarde, matrícula .... ZTP de fecha 16 de marzo de 2007, condenando a la entidad demandada a restituir a la actora la cantidad de 30.000 euros abonados por la compra del turismo procediéndose por parte de esta a la devolución del mismo, más los intereses legales desde la fecha de interpelación judicial y costas, absolviéndose del resto de los pedimentos.".

SEGUNDO

Contra mencionada resolución interpuso la parte demandada el presente recurso de apelación que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo. Solicitado por la parte apelante el recibimiento a prueba en esta instancia, por resolución de fecha 16-10-2012 se denegó dicha solicitud.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Aceptamos los fundamentos jurídicos de la sentencia, excepto en lo que se oponga a lo siguiente.

PRIMERO

La sentencia apelada estima sustancialmente la demanda en cuanto declara la resolución del contrato de compraventa del vehículo Mercedes concertado entre las dos partes litigantes y además condena a la vendedora a devolver la cantidad de 30.000 euros entregada como precio, con desestimación únicamente del importe de unas facturas de reparación que también se habían reclamado. Este pronunciamiento desestimatorio es ya firme al no recurrir la compradora demandante. Lo hace sólo la entidad vendedora para reiterar su oposición a la demanda en base a varios motivos.

Su primera alegación reproduce la caducidad de la acción, ya desestimada por lo razonado en su fundamento segundo por la Juez a quo. Confunde en efecto la apelante la acción ejercitada pues no se ejercita ninguna de las referidas en el art. 1490 CC por determinados vicios o defectos del vehículo, sino que lo que se interesa es la plena resolución del contrato en base art. 1124 CC, como en definitiva ha prosperado en función de la falta de idoneidad del vehículo y la aplicación de la doctrina del aliud pro alio reconocida por la vigente jurisprudencia. Esta acción es la que ejercita la compradora y además es coherente con el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Baleares 214/2019, 4 de Junio de 2019
    • España
    • 4 Junio 2019
    ...el valor de depreciación del precio a abonar por el comprador por desposesión del vehículo. -Finalmente, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra de 16 de enero de 2013 considera los 55.000 kms. recorridos por el vehículo en más de tres Insiste la apelante en que desconoce cuál......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR