AAP Madrid 32/2013, 4 de Febrero de 2013
Ponente | JESUS GAVILAN LOPEZ |
ECLI | ES:APM:2013:1679A |
Número de Recurso | 24/2012 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 32/2013 |
Fecha de Resolución | 4 de Febrero de 2013 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 8ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8MADRIDAUTO: 00032/2013
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE MADRID
Sección 8
1420A
FERRAZ, 41
N.I.G. 28000 1 0000433 /2012
RECURSO DE APELACION 24 /2012
Proc. Origen: EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 298 /2010
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 5 de MADRID
De: RESIDENCIAL IPAR MADRID S.A., CONSTRUCCIONES MURIAS S.A.U., Francisco, Victoria, Indalecio, Justino, Melchor
Procurador: CARLOS BLANCO SÁNCHEZ DE CUETO, CARLOS BLANCO SÁNCHEZ DE CUETO, JOSE PEDRO VILA RODRÍGUEZ, JOSE PEDRO VILA RODRÍGUEZ, JOSE PEDRO VILA RODRÍGUEZ, JOSE PEDRO VILA RODRÍGUEZ, MARÍA TERESA PUENTE MÉNDEZ
Contra: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL DIRECCION000 DE MADRID, Victorino, Luis Angel, Juan Francisco
Procurador: JUAN TORRECILLA JIMÉNEZ, SIN PROFESIONAL ASIGNADO, SIN PROFESIONAL ASIGNADO, SIN PROFESIONAL ASIGNADO
Ponente: ILMO. SR. D. JESÚS GAVILÁN LÓPEZ
AUTO Nº 32/2013
Magistrados:
ILMO. SR. D. JESÚS GAVILÁN LÓPEZ
ILMA. SRA. Dª CARMEN GARCÍA DE LEÁNIZ CAVALLÉ
ILMA. SRA. Dª MARÍA VICTORIA SALCEDO RUÍZ
En Madrid, a cuatro de febrero de dos mil trece. La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre Ejecución Provisional de Títulos Judiciales, número 298/2010, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Madrid, seguidos entre partes, de una como demandados-apelantes, las mercantiles RESIDENCIAL IPAR MADRID, S.A. Y CONSTRUCCICONES MURÍAS, S.A.U, representados por el Procurador D. Carlos Blanco Sánchez de Cueto, D. Francisco, DÑA. Victoria, D. Indalecio y D. Justino, todos ellos representados por el Procurador D. Pedro Vila Rodríguez, y D. Melchor, representado por la Procuradora Dña., Teresa Puente Méndez, y de otra, como demandante-apelada, la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 DE MADRID, representada por el Procurador D. Juan Torrecilla Jiménez, y como demandados-apelados, D. Victorino, D. Luis Angel, y Juan Francisco, no personados en esta instancia.
VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JESÚS GAVILÁN LÓPEZ.
Por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Madrid, en fecha veintiuno de junio de
dos mil once, se dictó Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Desestimar el recurso de revisión interpuesto por los Procuradores Sres. Puente Méndez, Vila Rodríguez y Blanco Sánchez de Cueto, en las respectivas representaciones procesales que tienen debidamente acreditadas en el presente procedimiento, contra el Decreto de fecha 05/05/11, que se mantiene en su integridad, y todo ello sin hacer expresa condena en costas.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por RESIDENCIAL IPAR MADRID S.A., CONSTRUCCIONES MURÍAS S.A.U., Francisco, Victoria, Indalecio, Justino, Melchor, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
No estimándose necesaria la celebración de vista pública para la resolución del presente recurso, quedó en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 31 de enero de 2013.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
La Sala acepta y da por reproducidos los Fundamentos de Derecho del Auto de instancia, en los términos de esta resolución.
Antecedentes del recurso.-1.- El Auto apelado trae causa del recurso de revisión...
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AAP Barcelona 309/2016, 13 de Julio de 2016
...la resolución apelada". En el mismo sentido AAP Barcelona, sección 19, de 19 de julio de 2012 (ROJ: AAP B 7164/2012 ) y AAP Madrid, sección 8, de 4 de febrero de 2013 (ROJ: AAP M 1679/2013 Por otra parte no procede acordar la nulidad de actuaciones interesada por la ejecutada por cuanto el ......