SAP Madrid 45/2013, 29 de Enero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución45/2013
EmisorAudiencia Provincial de Madrid, seccion 10 (civil)
Fecha29 Enero 2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10

MADRID

SENTENCIA: 00045/2013

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección 10

1280A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916

N.I.G. 28000 1 4010036 /2012

Rollo: RECURSO DE APELACION 619 /2012

Autos: EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 109 /2006

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 4 de ALCOBENDAS

De: ALMACENES MARTI S.L.

Procurador: MARIA DEL MAR MONTERO DE COZAR MILLET

Contra: RIOJANA DE FINCAS S.A.

Procurador: BEATRIZ MARIA GONZALEZ RIVERO

Ponente : ILMA. SRA. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. ÁNGEL VICENTE ILLESCAS RUS

Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

Dª Mª JOSEFA RUIZ MARÍN

En MADRID, a veintinueve de enero de dos mil trece.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 109/06, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Alcobendas, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante ALMACENES MARTÍ, S.L., representada por la Procuradora Dª Mª Mar Montero de Cozar Millet y defendida por Letrado, y de otra como demandada-apelada RIOJANA DE FINCAS, S.A. (RIOFISA, S.A.), representadA por la Procuradora Dª Beatriz González Rivero y defendida por Letrado, seguidos por el trámite de ejecución títulos judiciales. VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Alcobendas, en fecha 14 de diciembre de 2010, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO : "Se estima la impugnación de la tasación de costas por indebidas planteada por el Procurador de los Tribunales D. FABRICIANO FERNANDEZ FERNANDEZ en nombre de RIOJANA DE FINCAS, S.A. (RIOFISA), dejando sin efecto al tasación de costas de 31 de julio de 2.008. No se imponen las costas a ninguna de las partes.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de fecha 22 de octubre de 2012, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 22 de enero de 2013.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En los autos de juicio de mayor cuantía, seguido en el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de

Alcobendas, se dictó sentencia en fecha 8 de noviembre de 2002, en la cual se declaraba el incumplimiento por parte de "Riofisa" de las obligaciones contraídas en el contrato objeto de autos, condenando a "Riofisa" al pago de daños y perjuicios que se acrediten en ejecución de sentencia, acordando la devolución a "Almacenes Martí, S.A." de las cantidades entregadas a cuenta de dicho contrato y condenando a la demandada ("Riofisa") a las costas procesales causadas.

Dicha sentencia fue confirmada en apelación por esta Audiencia Provincial, mediante sentencia de fecha 28 de septiembre de 2004.

El Procurador D. Mariano de Andrés Santos, en representación de "Almacenes Martí, S.L.", solicitó la ejecución provisional de la sentencia, interesando lo siguiente: 1. librar mandamiento de devolución de

69.717,82 # para cubrir las cantidades entregadas a cuenta, que fueron consignadas por la parte demandada en fecha 25 de abril de 2000, 2. que se proceda a embargar al deudor por la cantidad de 28.097,55 # para cubrir intereses legales y 4.000 # por mora procesal, 3. que se lleve a cabo la liquidación y relación de daños por importe de 9.555.404,19 #, 4. el pago de las costas que se tasen en el procedimiento de mayor cuantía y 5. la condena al pago de las costas de ejecución.

En fecha 26 de junio de 2006 se dicta auto, acordando la ejecución provisional y el despacho de ejecución y la devolución de las cantidades entregadas a cuenta por importe...

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