SAP Madrid 299/2008, 19 de Junio de 2008

PonenteJOSE LUIS DURAN BERROCAL
ECLIES:APM:2008:9492
Número de Recurso387/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución299/2008
Fecha de Resolución19 de Junio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 9

MADRID

SENTENCIA: 00299/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección Novena

SENTENCIA NÚMERO: 299

Rollo: RECURSO DE APELACION 387 /2007

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ LUIS DURÁN BERROCAL

D. JUAN LUIS GORDILLO ÁLVAREZ VALDÉS

D. JUAN ÁNGEL MORENO GARCÍA

En MADRID, a diecinueve de junio de dos mil ocho

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 9 de la Audiencia Provincial de MADRID, el incidente dimanante de los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 85/2004, procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 3 de VALDEMORO, al que ha correspondido el Rollo 387/2007, en el que aparecen como partes: de una, como impugnante y hoy apelante, EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CIEMPOZUELOS, representado por la Procuradora Sra. Dª. FLORA TOLEDO HONTIYUELO; y de otra, como impugnada y hoy apelada, LLAMAS SENRA, S.L. representada por el Procurador Sr. D. EMILIO MARTINEZ BENITEZ, sobre; Costas indebidas 1ª instancia.

SIENDO MAGISTRADO PONENTE EL ILMO. SR. D. JOSÉ LUIS DURÁN BERROCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Valdemoro, en fecha 22 de noviembre de 2006, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Fallo: DESESTIMAR INTEGRAMENTE EL INCIDENTE INERPUESTO POR LA PARTE IMPUGNANTE, confirmando la tasación de costas efectuada por la Secretaria Judicial de este juzgado en fecha 15 de febrero de 2006. El demandado deberá abonar las costas del presente incidente al haber visto desestimadas todas sus peticiones".

Segundo

Notificada la mencionada sentencia y previos los trámites legales oportunos, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte impugnante, del que se dio traslado a la contraparte quien se opuso al mismo, elevándose posteriormente las actuaciones a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, ante la que han comparecido en tiempo y forma bajo las expresadas representaciones.

Tercero

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, ni estimando la Sala necesaria la celebración de vista pública, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento de votación y fallo la cual tuvo lugar el día 18 de junio del año en curso.

Cuarto

En la tramitación del presente...

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