SAP Asturias 81/2013, 13 de Mayo de 2013

PonenteALICIA MARTINEZ SERRANO
ECLIES:APO:2013:1310
Número de Recurso15/2013
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución81/2013
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 8ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8

GIJON

SENTENCIA: 00081/2013

Avenida de Juan Carlos I, nº 3, 2º planta - C.P. 33271

Tel.: 985197268 - Fax: 985197269 - audiencia.s8.gijon@justicia.es

Rollo nº 15/2013

Órgano de procedencia: .......... Juzgado de lo Penal nº 1 de Gijón

Procedimiento de Origen: ....... Procedimiento Abreviado nº 270/2012

SENTENCIA

Presidente: ..... Ilmo. Sr. D. Bernardo Donapetry Camacho

Magistrados: Ilma. Sra. Dª. Alicia Martínez Serrano

................................ Ilmo. Sr. D. José Francisco Pallicer Mercadal

En Gijón, a trece de mayo de dos mil trece.

VISTA, en grado de apelación, por la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias, compuesta por los Magistrados que constan al margen, la causa Procedimiento Abreviado nº 270 de 2012 del Juzgado de lo Penal nº 1 de Gijón sobre delito de lesiones, que dio lugar al Rollo de Apelación nº 15 de 2013 de esta Sala, entre partes, como apelante Benjamín, representado por el Procurador D. Abel Celemín Larroque y defendido por el Letrado D. Luis Solano Martínez de Azcoitia, y como apelado HILO DIRECT SEGUROS S.A., representada por el Procurador D. José-Javier Castro Eduarte y defendida por el Letrado D. Francisco Fanego Rodríguez, habiendo sido también parte el Ministerio Fiscal, y ponente la ILMA. SRA. Dª. Alicia Martínez Serrano, y fundados en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal nº 1 de Gijón dictó Sentencia en la referida causa en fecha 24 de octubre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

" FALLO: Que debo condenar y condeno a Benjamín como autor criminalmente responsable de un delito de lesiones, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias, a la pena de seis meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, a que indemnice en 2.850 euros a Felix y al pago de las costas. § Abónese al condenado el tiempo de privación de libertad por esta causa".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Benjamín, dándose traslado a las demás partes personadas, y remitido el asunto a esta Sección Octava, se registró como Rollo de Apelación nº 15 de 2013, pasando para resolver a la Ponente, que expresa el parecer de la Sala. TERCERO.- Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la sentencia apelada, y con ellos la Declaración de Hechos Probados.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada, que aquí se dan por reproducidos.

SEGUNDO

Procede la desestimación del recurso y la confirmación de la sentencia apelada por cuanto nada se ha alegado ni probado que demuestre error del Juez a quo en su relato de hechos probados ni en la calificación jurídica de los mismos.

A.- En relación a la denegación de prueba nos remitimos a lo dicho en nuestro auto de 25/4/2013 .

B.- En relación a las postuladas contradicciones de Felix, hemos de decir que...

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