SAP A Coruña 175/2013, 5 de Abril de 2013

PonenteMARIA JOSE PEREZ PENA
ECLIES:APC:2013:984
Número de Recurso524/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución175/2013
Fecha de Resolución 5 de Abril de 2013
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

A CORUÑA

SENTENCIA: 00175/2013

ROLLO: RECURSO DE APELACIÓN (LECN) -RPL Nº 524/2012-SENTENCIA

NÚM..

AUDIENCIA PROVINCIAL, SECCIÓN TERCERA

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DÑA. MARÍA JOSEFA RUÍZ TOVAR, presidente.

DÑA. MARÍA JOSÉ PÉREZ PENA.

D. RAFAEL JESÚS FERNÁNDEZ PORTO GARCÍA

--------------------------------------------En A CORUÑA, a cinco de abril de dos mil trece.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 3ª de la Audiencia Provincial de A CORUÑA, los autos de JUICIO ORDINARIO Nº 188/2012, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA Nº 12 de A CORUÑA, a los que ha correspondido el Rollo RPL Nº 524/2012, en los que aparece como parte APELANTES/DDOS: -Dª Bárbara -, con D.N.I Nº NUM000, y domicilio en c/ DIRECCION000 Nº NUM001

- NUM002 Coruña, y -CASER, SEGUROS REUNIDOS, S.A."-, con C.I.F. A-28013050 y domicilio en c/ Cantón Grande Nº 5-2º izda- A Coruña, representados por el Procurador/a Sr/a AMENEDO MARTÍNEZ y bajo la dirección del Letrado Sr/a. SPIEGELBERG MATOS; y como APELADA/DTE: -INSTITUTO POLICLÍNICO ROSALEDA, S.A.-, con C.I.F. A-15016777, con domicilio en c/León de Caracas s/n. Santiago de Compostela, representado por el Procurador/a Sr./a TEDÍN NO YA y bajo la dirección del Letrado Sr./a GOLDAR SOTO, sobre Reclamación de cantidad.

Y siendo Magistrado/s Ponente el/la Ilmo/a. Sr./a. D/Dª MARÍA JOSÉ PÉREZ PENA.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los de la sentencia de fecha 25-6-2012, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 12 de A Coruña, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda presentada por INSTITUTO POLICLÍNICO ROSALEDA, S.A., asistida por la Letrada Sra. Goldar Soto y representada por la Procuradora Sra. Tedín Noya, sobre reclamación de cantidad contra Dª Bárbara, y la entidad CASER CAJA SEGUROS REUNIDOS asistido por la Letrada Sra. Spiegelberg Matos y representado por el Procurador Sr. Amenedo Martínez, debo condenar y condeno a las demandadas al abono de la cantidad de 11790,29 euros más los intereses legales correspondientes. Todo ello con imposición de costas a la parte demandada".

PRIMERO

Interpuesta la apelación por Dª Bárbara y Caser, Seguros Reunidos, S.A., y admitida, se elevaron los autos a este Tribunal, con emplazamiento de las partes, compareciendo en tiempo y forma para sostener dicho recurso al/la Procurador/a Sr/a Amenedo Martínez.

SEGUNDO

Registradas las actuaciones en esta Audiencia, fueron turnadas a esta Sección. Por diligencia de fecha 5-10-12, se admite el recurso, mandando formar el correspondiente Rollo, designando Ponente y acordando esperar el término del emplazamiento. Se tiene por parte al Procurador/a Sr/a Amenedo Martínez, en nombre y representación de D/Dª. Bárbara y de la entidad Caser Seguros Reunidos, S.A., en calidad de apelantes y se tiene por parte al Procurador Sr./a Tedín Noya, en nombre y representación del Instituto Policlínico Rosaleda, S.A., en calidad de apelado. No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba ni celebración de vista, quedan los autos pendientes de señalamiento para votación y fallo cuando por turno corresponda. Por providencia de fecha 23-01- 13 se señaló para votación y fallo el día 2-04-13.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada.

PRIMERO

Concluye la sentencia dictada en la instancia con la estimación de las pretensiones deducidas en la demanda, con imposición de costas a la demandada, alzándose contra la misma la parte demandada solicitando sea estimado el recurso y revocada la sentencia apelada a fin de que se desestimen las pretensiones de la demanda, con imposición de costas a la actora; a lo que se opone la parte contraria solicitando su confirmación.

SEGUNDO

Entre el actor y el codemandado procurador existe una relación contractual que ante la ausencia de regulación legal específica se hace referencia a las normas que regulan el mandato y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 11 de Marzo de 2014
    • España
    • 11 Marzo 2014
    ...la sentencia dictada con fecha de 5 de abril de 2013 por la Audiencia Provincial de A Coruña (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 524/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 188/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 12 de A - Mediante Diligencia de Ordenación de 6 de ju......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR