SAP Madrid 202/2013, 23 de Abril de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 202/2013 |
Fecha | 23 Abril 2013 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10
MADRID
SENTENCIA: 00202/2013
1280A
C/ FERRAZ 41
Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916
N.I.G. 28000 1 4014321 /2012
Rollo: RECURSO DE APELACION 868 /2012
Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 2004 /2010
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 13 de MADRID
De: BANKINTER, S.A.
Procurador: MARIA DEL ROCIO SAMPERE MENESES
Contra: Luis Manuel
Procurador: MARIA JOSE RODRIGUEZ TEIJEIRO
Ponente : ILMA SRA. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO
SENTENCIA
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. ÁNGEL VICENTE ILLESCAS RUS
Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO
Dª Mª CARMEN MARGALLO RIVERA
En MADRID, a veintitrés de abril de dos mil trece.
La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 2004/10, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 13 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandada-apelante BANKINTER S.A., representada por la Procuradora Dª Rocio Sampere Meneses y defendida por Letrado, y de otra como demandantes-apelados D. Luis Manuel Y Dª María Consuelo, representados por la Procuradora Dª Mª José Rodríguez Teijeiro y defendidos por Letrado, seguidos por el trámite de juicio ordinario.
VISTO, siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Madrid, en fecha 7 de mayo de 2012, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO : "Estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Luis Manuel Y DÑA. María Consuelo, contra BANKINTER S.A., declaro la resolución de la operación de compra del "Bono LEHMAN BROTHERS 6,37" por valor nominal de 20.000 euros, y CONDENO a BANKINTER, S.A. a pagar a los actores la cantidad de NUEVE MIL SESICIENTOS VEINTE EUROS (9.620 euros), más los intereses legales desde la fecha de al demanda incrementados en dos putnos a partir de esta sentencia, sin imposición de las costas de este juicio.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.
Por providencia de esta Sección, de fecha 18 de enero de 2013, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 16 de abril de 2013.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
En fecha 2 de octubre de 2007, la entidad "Bankinter, S.A." realizó un cargo de 21.302,50
El día 12 de mayo de 2008, se abona en la referida cuenta la cantidad de 1.042,19 #, que deriva de la inversión de los valores de "Lehman Brothers". Con posterioridad, el 29 de septiembre de 2008, D. Luis Manuel y Doña María Consuelo se dirigen a la entidad bancaria, al efecto de que les informe sobre el cargo en cuenta realizado en fecha 2 de octubre de 2007, admitiendo que el 1 de febrero de 2008 se les comunicó el extracto de compra de los bonos, indicando que no habían suscrito ninguna orden de compra.
Ya en marzo de 2008, la prensa se hace eco de las pérdidas y caída en bolsa de "Lehman Brothers", entrando en suspensión de pagos a mediados de septiembre del mismo año.
En base a las circunstancias anteriores, D. Luis Manuel y Doña María Consuelo formulan la demanda iniciadora del presente procedimiento contra "Bankinter, S.A.", interesando la declaración de nulidad de la operación de compra y subsidiariamente la resolución de dicha operación o el incumplimiento de las obligaciones de la entidad bancaria, condenando a la demandada a abonar la cantidad de 21.302,50 # más el interés legal.
La sentencia dictada por el Juzgador "a quo" estimó parcialmente la demanda, declarando la resolución de la operación de compra y condenando a la demandada a abonar la cantidad de 9.620 # más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda. Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la demandada y fue impugnada por los actores, ambas cuestiones son objeto de la presente resolución.
El recurso de apelación y la impugnación versan sobre las siguientes cuestiones litigiosas: la posible nulidad de la operación de compra...
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