SAP Madrid 71/2008, 5 de Mayo de 2008
Ponente | MARIA DEL PILAR DE PRADA BENGOA |
ECLI | ES:APM:2008:12046 |
Número de Recurso | 169/2008 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 71/2008 |
Fecha de Resolución | 5 de Mayo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª |
Expediente de Reforma nº 287/2007
Expediente de Fiscalía nº 1639/2007
Juzgado de Menores nº 5 de Madrid
Rollo de Sala nº 169/2008 M
PILAR DE PRADA BENGOA
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado en el nombre de SU MAJESTAD EL REY, la
siguiente:
S E N T E N C I A Nº 71/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID /
Ilmos. Sres. de la Sección 4ª /
MAGISTRADOS /
Dª. PILAR DE PRADA BENGOA /
Dª. TERESA GARCIA QUESADA /
Dª. JOSEFINA MOLINA MARIN /
/
En Madrid, a cinco de Mayo de dos mil ocho.
VISTA en segunda instancia ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, el expediente nº 287/07, procedente del Juzgado de Menores nº 5 de Madrid, seguido por un delito de robo con violencia contra el menor Lucio, venido a conocimiento de este Tribunal a virtud del recurso de apelación interpuesto en tiempo y forma por la defensa de dicho menor, contra la sentencia dictada en fecha veintidós de Febrero de 2008; habiendo sido partes en la sustanciación del recurso el Ministerio Fiscal, y el citado menor, defendido por la letrada Sra Collado Salgado colegiada nº 23788; siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada doña PILAR DE PRADA BENGOA.
Por el Juzgado de Menores nº 5 de Madrid con fecha 22-2-08 dictó sentencia cuyos "HECHOS PROBADOS" dicen:
Valorado en conciencia la prueba practicada en la audiencia, se declara probado que el día 12 de junio de 2007, sobre las 12:00 horas, el menor de edad Lucio, nacido el 28 de mayo de 1990, fue sorprendido en el interior del despacho del psicólogo D. José del Centro de Salud Mental Vistalagre de Madrid al que había accedido tras subir por la parte trasera del edificio hasta la ventana del referido despacho por la que pasó al interior, para apoderarse de un bolso propiedad de aquél que finalmente no logró llevarse, apareciendo después tirado en el suelo en la zona de debajo de la ventana.
El menor fue retenido en el acto por el Psicólogo que al regresar a su despacho, tras despedir a una visita le sorprendió en su interior avisando a la Policía que procedió a su detención.
El bolso fue recuperado inmediatamente por empleados del Centro y devuelto a su propietario."
Y cuyo "FALLO" dice: Debo condenar y condeno al menor Lucio como autor responsable de un delito de robo con fuerza intentado al cumplimiento de una medida de NUEVE MESES DE INTERNAMIENTO TERAPEUTICO EN REGIMEN SEMIABIERTO, siendo el último mes en libertad vigilada y subsidiariamente en caso de que no preste su consentimiento a dicha medida...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Justicia Social y Derecho penal: individualización de la sanción penal por circunstancias socioeconómicas del penado (arts. 66.1.6, 20.7 CP y 7.3 LORRPM)
...derivando en una alteración de su psiquismo así como unos rasgos psicológicos en su perfil de personalidad» es valorada en la SAP Madrid 71/2008, de 5 de mayo. Lo «gratuito del comportamiento del menor que presenta ningún tipo alteración psicopatológica» es destacado en la SAP Melilla 31/20......