SAP Tarragona 159/2013, 3 de Abril de 2013
Ponente | MARIA DEL PILAR AGUILAR VALLINO |
ECLI | ES:APT:2013:598 |
Número de Recurso | 758/2012 |
Procedimiento | INCIDENTE |
Número de Resolución | 159/2013 |
Fecha de Resolución | 3 de Abril de 2013 |
Emisor | Audiencia Provincial - Tarragona, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
TARRAGONA
SECCION PRIMERA
ROLLO NUM. 758/2012
GUARDA Y CUSTODIA NUM. 45/2012
JUZGADO VIOLENCIA SOBRE LA MUJER 1 TARRAGONA
S E N T E N C I A NUM. 159/13
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE
D. Antonio Carril Pan
MAGISTRADOS
Dª Mª Pilar Aguilar Vallino
D. Manuel Díaz Muyor
En Tarragona a 3 de abril de 2013.
Visto ante la Sección 1ª de esta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por Nieves representada por la Procuradora Sra. Carrera Portusach y asistida de la Letrada Sra. Perea contra la sentencia dictada por el Juzgado VIDO de Tarragona en fecha 2 julio 2012 en Juicio Verbal sobre Custodia y Alimentos constando como parte apelada Jose Carlos en situación procesal de rebeldía. Con intervención del MInisterio Fiscal en interés del hijo menor.
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y
La sentencia apelada en lo que respecta a este recurso contiene el siguiente fallo: "ESTIMAR LA PRETENSIÓN DE MEDIDAS DEFINITIVAS DERIVADAS DE LA UNIÓN DE HECHO solicitadas por la Procuradora de los Tribunales Dña. Elisabeth Carrera Portusach actuando en representación de Dña. Nieves, frente a D. Jose Carlos, en el procedimientos nº 45/12, acordando judicialmente las siguientes medidas personales y patrimoniales:
5.- Cualquier autorización a la madre de abandono de territorio nacional con el hijo menor a país extranjero, deberá de ser otorgada en primer término por el padre, y en su defecto, requerir un pronunciamiento judicial al Juzgado de Guardia quien ponderará las circunstancias concurrentes en el momento de la petición".
Interpuso recurso de apelación la parte demandante solicitando que se revoque el pronunciamiento quinto del Fallo. Admitido en ambos efectos, se dió traslado a la parte apelada para alegaciones, en cuyo trámite el Ministerio Fiscal solicitó la desestimación del recurso y confirmación de la sentencia.
Remitidas las actuaciones a esta Audiencia, se incoó el Rollo correspondiente, habiéndose procedido a deliberación y votación por este Tribunal el día señalado, con el resultado, por unanimidad, que se expresa.
VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª Mª Pilar Aguilar Vallino.
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