SAP Valencia 160/2013, 28 de Marzo de 2013

PonenteMANUEL JOSE LOPEZ ORELLANA
ECLIES:APV:2013:1736
Número de Recurso822/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución160/2013
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 11ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN UNDÉCIMA

VALENCIA

NIG: 46250-37-2-2012-0004953

Procedimiento: RECURSO DE APELACION (LECN) Nº 000822/2012- L -Dimana del Juicio Verbal Nº 000873/2011

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE CATARROJA

Apelante: DÑA. Lucía

Procurador: Dª INMACULADA MOLINA BOSCH

Letrado: D. SALVADOR REINOSO CULLA

Impugnante: D. Gabriel

Procurador: D. ENRIQUE ERANS BALANZA

Letrado: D. DAVID JIMENEZ SALOM

Apelado: DÑA. Amelia

Procurador : D. ANTONIO VIVES CERVERA

Letrado: D. RAFAEL J. BEJAR CARBONELL

SENTENCIA Nº 160/2013

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MAGISTRADO

ILMO. SR. D. MANUEL JOSE LOPEZ ORELLANA

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En Valencia, a veintiocho de marzo de dos mil trece.

Vistos por mí, MANUEL JOSE LOPEZ ORELLANA, Magistrado de la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, constituido en Tribunal Unipersonal en los autos de Juicio Verbal nº 873/2011, promovidos por DÑA. Amelia contra D. Gabriel y DÑA. Lucía sobre "reclamación de cantidad", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por DÑA. Lucía, representado por el Procurador Dña. INMACULADA MOLINA BOSCH y asistido del Letrado D. SALVADOR REINOSO CULLA y de la impugnación interpuesta por D. Gabriel, representado por el Procurador D. ENRIQUE ERANS BALANZA y asistido del Letrado D. DAVID JIMENEZ SALOM y contra DÑA. Amelia, representado por el Procurador D. ANTONIO VIVES CERVERA y asistido del Letrado D. RAFAEL J. BEJAR CARBONELL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE CATARROJA, en fecha 30-5-12 en el Juicio Verbal nº 873/2011 que se tiene dicho, dictó sentencia conteniendo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: Que ESTIMO la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Vives Cervera, en nombre y representación de Dª Amelia contra Dª Lucía y D. Gabriel, y en su virtud, CONDENO a los demandados a abonar a la actora la cantidad de CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO EUROS CON NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS (4.194,97 #), más los intereses legales. Todo ello con imposición de costas a los demandados.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de DÑA. Lucía, y emplazadas las demás partes por término de 10 días, se presentó en tiempo y forma escrito de oposición por la representación de DÑA. Amelia y escrito de oposición e impugnación por la representación de D. Gabriel . Admitido el recurso de apelación y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se sustanciaron los trámites preceptivos del recurso ante esta segunda instancia, quedaron conclusas las actuaciones, señalándose a tal fin el día 20 de marzo de 2.013.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dª. Amelia, como propietaria y arrendadora que fue de la vivienda que se indica, presentó demanda frente a Dª. Lucía, como arrendataria, y D. Gabriel, como fiador, en reclamación de la cantidad principal de 4.194,97 euros, e intereses legales desde la fecha de la demanda, como indemnización de daños, correspondiente al coste de su reparación, producidos por la arrendataria en el inmueble alquilado una vez devuelta su posesión. Y ello con base en lo dispuesto en los artículos 27-1 de la LAU de 1994, y 1101, 1555-2, 1561, 1564 y concordantes del Código Civil .

Y, opuestos los demandados a la demanda, se dicta sentencia en la primera instancia íntegramente estimatoria de la demanda.

Resolución que es apelada por Dª. Lucía e impugnada por D. Gabriel .

SEGUNDO

Analizando con carácter previo la...

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