SAP Zaragoza 292/2013, 5 de Junio de 2013
Ponente | JAVIER SEOANE PRADO |
ECLI | ES:APZ:2013:1370 |
Número de Recurso | 229/2013 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 292/2013 |
Fecha de Resolución | 5 de Junio de 2013 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00292/2013
SENTENCIA núm. 292/2013
ILMO. Señor:
Magistrado:
D. JAVIER SEOANE PRADO
En ZARAGOZA, a Cinco de Junio de dos mil trece.
En nombre de S.M. el Rey,
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 005, de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, los Autos de JUICIO VERBAL 1023/2012, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 3 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 229/2013, en los que aparece como parte apelante, SEGUROS CATALANA OCCIDENTE, S.A. representada por la Procuradora de los tribunales, Dña. MARIA PILAR CABEZA IRIGOYEN, asistida por la Letrada Dña. BEATRIZ ALQUEZAR SORO, y como parte apelada, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ DIRECCION000 NUM000 - NUM001 - NUM002 Y C/ DIRECCION001 NUM003 - NUM004 de Zaragoza representadas por la Procuradora de los tribunales, Dña. ISABEL PEDRAJA IGLESIAS, asistidas por el Letrado D. RICARDO ESTEBAN PORRAS DEL CAMPO, siendo el Magistrado Unico el Ilmo. D. JAVIER SEOANE PRADO.
Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 21 de Marzo de 2013, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por SEGUROS CATALANA OCCIDENTE SA DE SEGUROS Y REASEGUROS SA frente a la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 NUM000 - NUM001 - NUM002 Y C/ DIRECCION001 NUM003 - NUM004, debo absolver y absuelvo a esta última de los pedimentos deducidos de contrario, siendo de cuenta de la demandante las costas del juicio.".
Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de SEGUROS CATALANA OCCIDENTE, S.A. se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso, remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los Autos y CD, y personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado.
En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la resolución recurrida en tanto no se oponen a los de la presente resolución y;
CATALANA DE OCCIDENTE SA SEGUROS Y REASEGUROS recurre la sentencia que desestimó la demanda que dedujo contra la Comunidad de Propietarios constituida sobre el edificio sito en la c/ San DIRECCION000 en reclamación de los 5.838'92 # que importaba la prima correspondiente al año 2012 del seguro multirriesgo comunidades y edificio de viviendas, concertada el 10 de mayo de 2010 con duración anual y sujeta a prórroga salvo manifestación en contrario con dos meses de antelación.
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