SAP Barcelona 406/2013, 6 de Mayo de 2013

PonenteMARIA DOLORES BALIBREA PEREZ
ECLIES:APB:2013:4732
Número de Recurso196/2012
ProcedimientoAPELACIóN PENALES RáPIDOS
Número de Resolución406/2013
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEXTA

BARCELONA

ROLLO APELACION Nº 196/2012

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 336/2011

JUZGADO PENAL Nº 7 DE BARCELONA

S E N T E N C I A Nº

Ilmos. Sres. Magistrados :

Presidente: D. EDUARDO NAVARRO BLASCO

Dña. Mª DOLORES BALIBREA PÉREZ

D. JESÚS IBARRA IRAGÜEN

En Barcelona a seis de Mayo dos mil trece.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados al margen referenciados, ha visto, en nombre de S.M. El Rey, en grado de apelación el presente Rollo, dimanante del Procedimiento Abreviado seguido por el Juzgado de lo Penal número 7 de los de esta ciudad de Barcelona, al nº 336/2011, por un delito contra la seguridad del tráfico por carecer de permiso de conducir, contra Eladio cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Begoña Saez Pérez y defendido por el Letrado D. M. Godoy Ruiz, actuando el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acusación pública, estando dicho procedimiento pendiente ante esta Audiencia en virtud de recurso interpuesto por el condenado, contra la Sentencia dictada en primera instancia de fecha 16-02-2012, y siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. Mª DOLORES BALIBREA PÉREZ, quien expresa el parecer de la Sala.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Que debo condenar y condeno a Eladio como autor responsable de un delito contra la seguridad del tráfico en su modalidad de conducción al carecer de permiso de conducir del art. 384.2 del CP, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena de 14 meses de multa, a razón de seis euros diarios, con la consiguiente responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago recogida en el art. 53 del CP ; así como al pago de las costas procesales causadas".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia se interpuso por Recurso de Apelación que fue admitido a trámite, dándose de él traslado a las demás partes, compareciendo el Ministerio Fiscal que se opuso y solicitó la confirmación de la sentencia dictada, y, siendo elevado a esta Sección de la Audiencia Provincial para su resolución.

H E C H O S P R O B A D O S SE ACEPTA la declaración de hechos probados contenida en la Sentencia Apelada, a la que hay que añadir lo siguiente: "El acusado disponía de un permiso internacional para conducir expedido conforme a la Convención de Ginebra de 19/09/1949, por la asociación habilitada por la autoridad del estado de Bolivia con fecha de vigencia desde 10/01/2008 a 10/01/2009".

F U N D A M E N T O S J U R Í D I C O S

SE ACEPTAN los de la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los de la presente resolución.

PRIMERO

Se articula el recurso alegando, como primer motivo, que no ha quedado acreditado que el condenado estuviera conduciendo, puesto que según el Sr. Eladio fue interceptado cuando estaba probando los frenos en un descampado habilitado como parking de coches, fuera del lugar de circulación.

El motivo no puede ser acogido, en primer lugar, porque el agente Mosso d'Esquadra que le dio...

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